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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 190, viernes 25 de septiembre de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
3863

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2020, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden y deniegan las becas de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2020.

Por Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer (BOPV, número 239, de 17 de diciembre), se aprobó la convocatoria de tres becas de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2020.

El artículo 11 de la citada Resolución establece que la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer dictará resolución expresa que recogerá para cada beca las concedidas y denegadas, y que además de notificarse la resolución individualmente, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco la relación de las becas concedidas.

Asimismo, el artículo 9.5 de la misma Resolución establece la posibilidad de que la Comisión de selección eleve una propuesta que contenga una relación de suplentes para el caso de que se produzca alguna renuncia por parte de la persona o grupo beneficiario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la antedicha Resolución, inmediatamente después de la aprobación de esta resolución se procederá al primer pago; el segundo pago se realizará, ya en el ejercicio 2021, una vez valorado positivamente el trabajo de investigación realizado hasta el momento, y el tercer pago, una vez recibido y valorado el trabajo objeto de la beca, en ese mismo ejercicio 2021.

Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de selección en el acta de 2 de septiembre de 2020,

RESUELVO:

Primero.– Conceder tres becas de trabajos de investigación en materia de igualdad para el año 2020, que se relacionan en los Anexos I, II y III de la presente resolución para cada uno de los tres tipos de beca, por importe de veintitrés mil trescientos treinta y tres (23.333) euros para cada una de las personas o grupos beneficiarios.

Segundo.– Nombrar las personas suplentes de las becas de trabajos de investigación en materia de igualdad para el año 2020 que se mencionan en los Anexos I, II y III, y por el orden indicado en cada uno de ellos.

Tercero.– Denegar las becas de trabajos de investigación en materia de igualdad para el año 2020 relacionadas en cada uno de los anexos, por las razones que se señalan en los mismos.

Cuarto.– Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente resolución.

Quinto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la recepción de la misma.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2020.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.

ANEXO I
BECA TIPO 1
(Véase el .PDF)
ANEXO II
BECA TIPO 2
(Véase el .PDF)
ANEXO III
BECA TIPO 3
(Véase el .PDF)

Análisis documental