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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 131, lunes 6 de julio de 2020


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2623

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2020, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la que se realiza la publicación conjunta de las convocatorias del concurso ordinario de 2020 de provisión de puestos de trabajo, reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 21 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), en la redacción dada tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, establece que todas las facultades previstas en el artículo 92 bis y concordantes de dicha Ley para los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional serán ostentadas por las instituciones competentes, en los términos que establezca la normativa autonómica, incluyendo la facultad de convocar exclusivamente para su territorio los concursos para las plazas vacantes en el mismo, así como la facultad de nombramiento de los funcionarios, en dichos concursos.

De acuerdo con ello, la aplicación de lo dispuesto en dicha disposición adicional en la Comunidad Autónoma de Euskadi queda condicionada, en gran medida, a lo que puedan establecer en su momento las Instituciones Vascas.

Con fecha 19 de marzo de 2018, entró en vigor el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Si bien, este Real Decreto regula el régimen jurídico de los concursos de provisión de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en su disposición transitoria quinta se prevé que hasta que entre en vigor la orden de desarrollo de los concursos, seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y la Orden de 10 de agosto de 1994, del Ministerio para las Administraciones Públicas, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Es por ello que, en aplicación de lo previsto en la citada disposición transitoria quinta, el concurso ordinario de 2020 para la provisión de puestos reservados al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional se regirá por la normativa anterior a la entrada en vigor del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Así, por lo que se refiere a la Comunidad Autónoma del País Vasco, la disposición adicional quinta del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional establece que la aplicación del mismo se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional segunda de la LBRL. El párrafo séptimo de esta disposición adicional segunda prevé, por lo que respecta a los concursos para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, que corresponde a las Instituciones Forales de los Territorios Históricos la facultad de convocar, exclusivamente para sus territorios, dichos concursos; pudiéndose publicar la convocatoria, además de en el Boletín Oficial del Territorio Histórico respectivo, en el Boletín Oficial del País Vasco.

En base a lo anterior, los órganos correspondientes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Gipuzkoa han realizado y publicado las convocatorias del concurso ordinario de 2020 para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional vacantes en las Corporaciones Locales de cada uno esos Territorios Históricos. La Diputación Foral de Álava, por su parte, no ha comunicado a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos su voluntad de efectuar la convocatoria del concurso ordinario para el presente año, lo que teniendo en cuenta que las corporaciones locales disponían hasta el 10 de febrero para convocar sus puestos vacantes, se entiende que la entidad foral no va a proceder a convocar el concurso ordinario este año para proveer los puestos vacantes puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales del Territorio Histórico de Álava.

Teniendo en cuenta que se hace necesario, a los efectos de coordinación, dar una publicidad conjunta de las convocatorias realizadas por los Territorios Históricos del concurso ordinario 2020, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 10 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad a las convocatorias realizadas por los órganos competentes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Gipuzkoa del concurso ordinario de 2020 para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional vacantes en las Corporaciones Locales de cada uno de los Territorios Históricos; en las que se establecen las bases comunes del concurso y las bases específicas aprobadas por las respectivas Corporaciones Locales, establecidas en las siguientes disposiciones:

a) Territorio Histórico de Bizkaia: Orden Foral 4623/2020, de 8 de junio, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se convoca el Concurso Ordinario de 2020 para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, reservados a personas funcionarias de administración local con habilitación de carácter nacional (BOB n.º 166, de 19 de junio de 2020).

b) Territorio Histórico de Gipuzkoa: Orden Foral 878/2020, de 11 de junio, de la diputada foral del Departamento de Gobernanza por la que se realiza la convocatoria del concurso ordinario de 2020 para la provisión de los puestos de trabajo vacantes reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOG n.º 112, de 16 de junio de 2020).

Segundo.– El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en los concursos será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Los requisitos exigidos, así como los méritos, deberán reunirse a la fecha de esta resolución.

Cuarto.– Los méritos generales a valorar en estas convocatorias serán los acreditados e inscritos en el registro de funcionarios con habilitación de carácter nacional a la fecha de esta Resolución, según la relación individualizada que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco (c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz), sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

Dichos méritos también se podrán consultar en la siguiente dirección de Internet: https://www.euskadi.eus/servicios/10619

Quinto.– Los puestos de trabajo vacantes reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional cuya provisión se convocan se hallan publicados en las correspondientes convocatorias de las Diputaciones Forales. Estos puestos son los relacionados en el anexo de esta Resolución.

Sexto.– Las bases específicas aprobadas por las respectivas Entidades Locales en las que se concretan las características y méritos específicos se encuentran en cada una de las convocatorias realizadas por las Diputaciones Forales.

Séptimo.– El modelo de instancia de participación en los concursos, así como el modelo de orden de prelación de adjudicaciones se hallan publicados en los correspondientes anexos de las convocatorias de las Diputaciones Forales.

Octavo.– Los participantes en las convocatorias que deseen realizar la prueba de acreditación del conocimiento del euskera deberán comunicar, en el plazo de presentación de solicitudes, a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos el perfil o perfiles lingüísticos que desean acreditar.

DISPOSICIÓN FINAL

En todo lo no previsto expresamente en esta Resolución ni en las convocatorias de las Diputaciones Forales se estará a lo regulado por la normativa relativa al personal funcionario con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones legales o reglamentarias que resulten de aplicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de junio de 2020.

La Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos,

MIREN ITZIAR LICEAGA ROMERO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental