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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, miércoles 17 de junio de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BILBAO
2370

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 701/2019 seguido sobre intervención judicial en desacuerdo en ejercicio de la patria potestad.

En el procedimiento sobre discrepancias en el ejercicio de la patria potestad seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Bilbao (Bizkaia) con número X25 701/2019-A, se ha dictado auto de fecha dos de junio del presente año cuya copia se encuentra a disposición de la interesada Mirna Santiago Gomes-Alves en esta Oficina Judicial haciendo constar que contra el mismo cabe interponer el siguiente recurso:

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4709, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El plazo indicado para recurrir quedará ampliado en otros veinte días hábiles más en el caso de que esta resolución se notifique en los términos establecidos en el párrafo primero del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mirna Santiago Gomes-Alves, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a 2 de junio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental