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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, miércoles 17 de junio de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
2369

RESOLUCIÓN 460/2020, de 3 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se establece el régimen de suplencia en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria de Emergencias, de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

HECHOS

Desde la Organización Sanitaria de Emergencias de Osakidetza-Servicio vasco de salud se ha valorado la necesidad y decidido la conveniencia del establecimiento de un régimen de suplencia en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la Dirección Gerencia que complemente la regulación contenida en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El planteamiento que antecede es acorde con la práctica seguida en otras organizaciones de servicios de la red, y contribuye a un mejor funcionamiento de la gestión administrativa por continuidad en la producción de actos administrativos válidos, y de conformidad con los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contempla la posibilidad de que, «En la forma que disponga cada Administración Pública, los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad...».

El artículo 11.c) del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, a cuyo tenor le corresponderá al Director General, «Nombrar y separar a los Directores Gerentes de las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público y, a propuesta del Director Gerente respectivo, nombrar y separar al resto de los cargos directivos de dichas organizaciones de servicios».

De dicho artículo se infiere, en aplicación del criterio enunciado en el Fundamento anterior, la competencia del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud para el establecimiento del régimen de suplencia de los cargos directivos por él nombrados.

Por todo lo expuesto y de acuerdo con las facultades que legalmente me han sido atribuidas,

RESUELVO:

Primero.– Establecer el régimen de suplencia en supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria de Emergencias de Osakidetza-Servicio vasco de salud en la Dirección de Gestión de la citada Organización, de modo tal que la suplencia de la persona que ostente la Dirección Gerencia en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad recaerá en la persona que ostente la Dirección de Gestión de la citada Organización.

Segundo.– Publicar la presente Resolución en el BOPV y notificarla a los cargos afectados por la misma para su conocimiento y efectos oportunos.

Tercero.– La presente Resolución, que es definitiva, producirá efectos desde la fecha en que ha sido dictada y anula las anteriores que sobre la materia hubiesen sido dictadas para la Organización Sanitaria de Emergencias de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2020.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JUAN LUIS DIEGO CASALS.


Análisis documental