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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 105, lunes 1 de junio de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2111

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2020, del Director de Infraestructuras del Transporte, por la que se declara la desafectación de las fincas inicialmente afectadas por el «Proyecto de Construcción de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a la Universidad», así como la desafectación parcial de las fincas identificadas en el expediente con los números 4 y 5.

En virtud de Resolución del Director de Infraestructuras del Transporte de 4 de abril de 2017, se aprobó el «Proyecto de Construcción de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a la Universidad».

Mediante Resolución del Director de Infraestructuras del Transporte de 24 de abril de 2017, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto de referencia.

Asimismo, se acordó someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, aprobándose definitivamente la misma con fecha 15 de septiembre de 2017, una vez resueltas las alegaciones presentadas.

En la misma Resolución se convocó al levantamiento de las actas previas a la ocupación, cuyo acto tuvo lugar en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz los días 18 y 19 de octubre de 2017.

En la actualidad, se ha comprobado la innecesaria afección de las fincas inicialmente afectadas (a excepción de las fincas números 4 y 5 del expediente), ya que la afección prevista de apoyos en fachada ha sido sustituida por báculos y postes de catenaria ubicados sobre el dominio público.

A consecuencia de ello, se produce la desafectación de las fincas afectadas inicialmente y cuya relación se indica a continuación:

(Véase el .PDF)

Por otro lado, y como consecuencia de la modificación del proyecto, se ha producido una desafectación parcial sobre las fincas números 4 y 5 del expediente.

Respecto a la finca número 4, se disminuye la afección debido a que el proyecto, inicialmente planificado para dos vías, cambió a una sola vía hasta el desvío situado en los jardines allí existentes.

Respecto a la finca número 5, necesita afectarse en parte por motivo de accesibilidad requerido por la normativa municipal. Sin embargo, no es necesario agotar la expropiación prevista, pudiendo reducirse la afección.

Las afecciones previstas en las fincas números 4 y 5 del expediente, recogidas en las actas previas a la ocupación levantadas con fecha 18 y 19 de octubre de 2017, eran las siguientes:

(Véase el .PDF)

Como resultado de la modificación planteada, las afecciones definitivas sobre estas fincas se concretan en lo sucesivo de la siguiente forma:

(Véase el .PDF)

Por todo lo que antecede,

RESUELVO:

Primero.– Declarar la desafectación de las fincas 1 a 3 y 6 a 30 inicialmente afectadas en el expediente expropiatorio.

Segundo.– Declarar la desafectación parcial de las fincas identificadas en el expediente con los números 4 y 5. Todo ello, conforme a la información que se aporta en la presente Resolución.

Tercero.– Notificar la presente Resolución a los interesados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Alternativamente, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la presente Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 2020.

El Director de Infraestructuras del Transporte,

MIKEL GURUTZEAGA ZUBILLAGA.


Análisis documental