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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 73, viernes 17 de abril de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
1865

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2020, del Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza y se declara la utilidad pública de la instalación «Nueva estación de regulación y medida E.R.M. MOP16/MOP5 y conexiones», en el término municipal de Eibar.

N.º expediente: 20CGY 201900008.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– En fecha 22 de noviembre de 2019, Nortegas Energía Distribución, S.A.U., solicitó la autorización administrativa y la declaración en concreto de la utilidad pública para la instalación denominada «Nueva estación de regulación y medida E.R.M. MOP16/MOP5 y conexiones», en el término municipal de Eibar.

2.– A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se sometió el expediente al trámite de información pública, publicándose el anuncio en el tablón del Ayuntamiento de Eibar, del 26 de diciembre de 2019 al 28 de enero de 2020; en el BOG de fecha 16 de enero de 2020; en el BOPV de fecha 8 de enero 2020, en la página web www.euskadi.eus y en el periódico Diario Vasco de 16 de enero 2020.

3.– Con fecha 10 de diciembre de 2019, se remitieron separatas del proyecto al Ayuntamiento de Eibar y a URA-Agencia Vasca del Agua, a fin de que prestaran conformidad u oposición a la solicitud y, en su caso, establecieran el condicionado técnico que considerasen oportuno.

4.– Transcurrido el plazo establecido no se presentaron ni oposiciones ni condicionados técnicos al proyecto.

5.– Dentro del periodo de información pública al respecto no se presentaron escritos de alegaciones.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural; el R.D. 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y el Decreto 107/1998, de 9 de junio, sobre autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gas.

2.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre, declara de utilidad pública las instalaciones a las que se refiere el Título IV de la Ley relativas al suministro de gases combustibles por canalización.

3.– La presente Resolución se dicta de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial que delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Gipuzkoa

RESUELVE:

1.– Autorizar a Nortegas Energía Distribución, S.A.U. la instalación denominada: «Nueva estación de regulación y medida E.R.M. MOP16/MOP5 y conexiones», en el municipio de Eibar.

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE de 08-10-1998), la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 107/1998 y con las condiciones generales siguientes:

1.– La instalación que se autoriza habrá de realizarse de acuerdo con el proyecto y su anexo de modificación denominado: «Nueva estación de regulación y medida E.R.M. MOP16/MOP5 y conexiones», en el término municipal de Eibar, del que es autor el Ingeniero Industrial D. Joaquín Costa Moreno.

2.– Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (R.D. 919/2006 de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

3.– Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos contenidos en el proyecto aprobado, será necesario obtener la autorización correspondiente.

4.– El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de 3 años a partir de la fecha de la autorización.

5.– Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegación Territorial de Gipuzkoa con la debida antelación.

6.– Una vez finalizadas las obras de instalación, deberán presentarse ante la Delegación Territorial de Gipuzkoa los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos, así como los planos as-built.

7.– Nortegas Energía Distribución, S.A.U. dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Territorial para su reconocimiento definitivo y el levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrá entrar en funcionamiento.

8.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En San Sebastián, a 30 de marzo de 2020.

El Delegado Territorial de Gipuzkoa,

JOAKIN TELLERIA AGIRREZABALA.


Análisis documental