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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 66, viernes 3 de abril de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
1796

ORDEN de 1 de abril de 2020, del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se hace pública la convocatoria del Programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para responder del impacto económico del Covid-19, regulado en el Decreto 50/2020, de 31 de marzo.

El Decreto 50/2020, de 31 de marzo por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2020 para responder del impacto económico del Covid-19, establece la apertura de una línea de financiación a los citados colectivos, con una dotación máxima de 500 millones de euros, para atender sus necesidades de circulante y la cobertura de los gastos de estructura.

El Decreto regula las condiciones de acceso al crédito, las entidades beneficiarias, la disponibilidad de los recursos y las condiciones de los préstamos, así como los procedimientos de tramitación con las sociedades de garantía recíproca y entidades financieras colaboradoras. A estos efectos, el Departamento de Hacienda y Economía tiene suscritos los oportunos Convenios de Colaboración con las Entidades Financieras adheridas al programa.

De conformidad a lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede realizar la primera convocatoria de la línea de financiación, dictando a tal objeto las normas necesarias, por lo que

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Orden, la convocatoria de la línea de financiación prevista en el Decreto 50/2020, de 31 de marzo, que desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2020, para responder del impacto económico del Covid-19.

Se garantizará en la convocatoria un importe mínimo de 30 millones de euros, ampliable en caso de suficiente demanda a 100 millones de euros, para el colectivo de personas empresarias individuales y profesionales autónomas.

No obstante, el Departamento de Hacienda y Economía podrá reasignar los importes en caso de insuficiencia en la demanda de financiación en alguno de los colectivos objeto de este Decreto.

En Anexo I se incluyen las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras y sus sucursales. En Anexo II se relacionan las Entidades Financieras colaboradoras.

Artículo 2.– Solicitudes.

1.– La solicitudes y demás documentación deberán presentarse en las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras que se relacionan en el mencionado Anexo I.

2.– El modelo de solicitud, así como los formularios, serán facilitados por las sucursales que aparecen en el Anexo I a esta Orden, o podrá descargarse en la dirección de Internet www.euskadi.eus

3.– Las solicitudes para acceder al programa de apoyo financiero se irán atendiendo hasta el agotamiento del volumen de préstamos consignado en el artículo primero de la presente Orden o el que resulte de su correspondiente incremento en la forma prevista en ese mismo artículo. Su inclusión en el programa se realizará por orden de entrada en las Sociedades de Garantía Recíprocas colaboradoras. Una vez producido el agotamiento del volumen de préstamos se dará publicidad a esa circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Economía, Finanzas y Presupuestos que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de abril de 2020.

El Consejero de Hacienda y Economía,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

ANEXO I
SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA COLABORADORAS

Elkargi, S.G.R. www.elkargi.es

https://www.elkargionline.com/ (SOLICITUDES)

Sede Principal:

Paseo Mikeletegi, 50

20009 Donostia / San Sebastián

Teléfono: 943 30 90 60

E-mail: elkargi@elkargi.es

Dirección Regional de Álava:

Albert Einstein, 25 – 2.º

Parque tecnológico 01510 Miñano

Teléfono: 945 23 12 12

E-mail: earaba@elkargi.es

Dirección Regional de Bizkaia:

Plaza Circular, 4 – 2.ª

48001 Bilbao

Teléfono: 94 423 82 28

E-mail: ebizkaia@elkargi.es

Dirección Regional de Gipuzkoa:

Paseo Mikeletegi, 50

20009 Donostia / San Sebastián

Teléfono: 943 30 91 77

E-mail: egipuzkoa@elkargi.es

ANEXO II
ENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORAS

Bancos:

– KUTXABANK, S.A.

– BANCO SABADELL, S.A

– BANKINTER, S.A.

– BANCO SANTANDER, S.A.

– BANKOA, S.A.

– BBVA, S.A.

– TARGOBANK, S.A.

– CAIXABANK, S.A.

– IBERCAJA, S.A.

– LIBERBANK, S.A.

– ABANCA, S.A.

– ARQUIA BANK, S.A.

– FIARE BANCA ETICA

– BANKIA, S.A.

Cooperativas de Crédito:

– CAJA LABORAL POPULAR, C.C.

– CAJA RURAL DE NAVARRA, S.C.C.


Análisis documental