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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 31, viernes 14 de febrero de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
820

RESOLUCIÓN 18/2020, de 23 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio específico para el año 2019 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 2 de junio de 1999 con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), en materia de drogodependencias.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio específico para el año 2019 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 2 de junio de 1999 con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), en materia de drogodependencias, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de enero de 2020.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 18/2020, DE 23 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO PARA EL AÑO 2019 ENTRE LA DELEGACION DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO EN MATERIA DE DROGODEPENDENCIAS Y CON CARGO AL FONDO DE BIENES DECOMISADOS

Vitoria-Gasteiz, a 24 de octubre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, D.ª María Azucena Martí Palacios, Delegada del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrada mediante Real Decreto 935/2018, de 20 de julio (BOE número 176 de 21 de julio) en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.1.b), de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias (BOE número 28 de 1 de febrero de 2013).

De otra, la Excma. Sra. D.ª Miren Nekane Murga Eizagaechevarria, Consejera del Departamento de Salud en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, debidamente facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el 22 de octubre de 2019.

EXPONEN:

Que en la actualidad la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones están adscritas al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto y el Departamento de Salud, de la Comunidad Autónoma del País Vasco desarrolla las competencias en esta materia.

Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 19 de junio de 2019, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, acordó asignar a la Comunidad Autónoma del País Vasco la cantidad de 370.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.

En virtud de ello,

ACUERDAN:

Primero.– Objeto.

Las Comunidades Autónomas son destinatarias de los recursos del Fondo para el desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de los referidos programas y la Comunidad Autónoma del País Vasco asume el compromiso material de su ejecución, siendo este el objeto del presente convenio.

Segundo.– Obligaciones de las partes.

Que la actuación del Departamento de Salud de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el año 2019 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Recurso Diurno de baja exigencia de atención y emergencia sociosanitaria para personas drogodependientes en exclusión social: 70.000,00 euros.

– Centro de emergencia y acogida nocturno Hontza: 138.000,00 euros.

– Programa de prevención selectiva en centros educativos de la comunidad autónoma del País Vasco en relación al consumo de alcohol: 57.000,00 euros.

– Programa de Prevención y Reducción de Riesgos Asociados al consumo de alcohol en espacios de ocio en la Comunidad Autónoma del País Vasco: 30.000,00 euros.

– Centro socio sanitario de atención a las adicciones «Anden 1»: 75.000,00 euros.

Que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 370.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este Fondo. El abono de esta cantidad se realizará tras la firma del presente Convenio.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, el Departamento de Salud de la Comunidad Autónoma de País Vasco remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Tercero.– Vigencia y efectos.

La vigencia del presente Convenio se establece desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado con una duración hasta el 31 de diciembre de 2019, surtiendo los efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

No obstante, los programas citados en el Acuerdo segundo, se desarrollarán por el Departamento de Salud de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el ejercicio 2019.

Cuarto.– Extinción del Convenio.

El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución de las previstas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.– Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento de lo previsto en el presente convenio se constituye una Comisión de Seguimiento integrada por dos miembros designados por cada una de las partes, que será presidida por un representante de una de las partes, actuando el otro representante como secretario, y que tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

– Realizar, el seguimiento y la evaluación de las actividades realizadas al amparo del presente convenio, así como los acuerdos de desarrollo necesarios para ello.

– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento respecto del convenio.

La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento dentro del marco dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexto.– Resolución de controversias.

Ambas partes se comprometen a solventar las controversias que pudieran suscitarse en la interpretación o ejecución del presente Convenio a través de la Comisión de Seguimiento. En su defecto las mismas serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Séptimo.– Incumplimiento de obligaciones y compromisos.

Tal y como establece el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes tendrá como consecuencia la extinción del Convenio.

Octavo.– Modificación del Convenio.

El presente Convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre que la modificación no suponga una alteración de las obligaciones económicas recogidas en el Convenio.

Noveno.– Régimen jurídico.

El contenido del presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en formato electrónico por ambas partes.

La Consejera de Salud,

MIREN NEKANE MURGA EIZAGAECHEVARRIA.

La Delegada del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas,

MARÍA AZUCENA MARTÍ PALACIOS.


Análisis documental