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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 228, viernes 29 de noviembre de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
5536

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2019, del Delegado Territorial en Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se declara la utilidad pública de las líneas eléctricas de alta tensión a 13,2 kV por aumento de la franja libre de arbolado denominadas «STR Muskiz cto.9 (Somorrostro 2)» y «STR Muskiz cto.10 (Somorrostro 1)», en su tramo entre la STR Muskiz y el apoyo n.º 9008, en los términos municipales de Muskiz y Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena (Bizkaia).

Ref.: IFT/YMM.

Exp.: 48-AT-I-2017-36.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 4 de octubre de 2017 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao, avenida San Adrián n.º 48, solicita la declaración de su utilidad pública de las líneas arriba referenciadas a los efectos de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ampliación de la servidumbre de las misma, por razón del incremento de la franja libre de arbolado, aportando la documentación correspondiente, con objeto de dar cumplimiento a la Resolución del Director de Energía y Minas de fecha 8 de marzo de 2011.

2.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002 de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 7 de diciembre de 2017, en el BOPV con fecha 5 de diciembre de 2017, y en el diario El Correo con fecha 1 de diciembre de 2017, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar.

3.– Con fecha 28 de noviembre de 2017 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Muzkiz y Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos del mismo. Así como, con fecha 28 de noviembre de 2017, petición de informe de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación a dichos ayuntamientos, a ADIF, a URA (Agencia Vasca del Agua), a la Diputación Foral de Bizkaia, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno. Realizando la correspondiente reiteración al ayuntamiento de Muskiz y a ADIF, con fecha 20 de abril de 2018.

4.– Dentro de los plazos reglamentarios, con fecha 27 de diciembre de 2017 el Ayuntamiento de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena muestra su disconformidad con las autorizaciones solicitadas atendiendo a las características de la servidumbre a imponer, que considera deberá ser clara, lineal y continua a lo largo de la línea.

Así mismo, considera que debe tenerse en cuenta, a la hora de ejecutar la obra y valorar la indemnización, la existencia de arrendatarios en ciertas parcelas. Y, finalmente, condiciona la poda en parcela 330 del polígono 9 al entender que posee valor medioambiental especial.

El solicitante muestra su no conformidad con las consideraciones del Ayuntamiento en cuanto a sus aspectos económicos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

Dos.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En consecuencia,

RESUELVE:

Declarar en concreto, la utilidad pública a los efectos de la ampliación de la faja libre de arbolado de las líneas eléctricas de alta tensión a 13,2 kV denominadas «STR Muskiz cto.9» y «STR Muskiz cto.10», en su tramo entre la STR Muskiz y el apoyo n.º 9008 en los términos municipales de Muskiz y Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena.

Esta Declaración lleva implícita a tenor de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implica la urgente ocupación de los mismos, determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos regístrales del artículo 53 de la misma.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Directora de Servicios del Departamento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de los establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Bilbao, a 14 de noviembre de 2019.

El Delegado Territorial de Bizkaia,

ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.


Análisis documental