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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 99, martes 28 de mayo de 2019


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
2556

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 1224/2018.

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz – Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil.

Juicio: juicio verbal 1224/2018.

Sobre: juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado el 12-03-2019 sentencia poniendo fin al proceso, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Vistos los presentes autos de Juicio Verbal n.º 1224/2018, sobre reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado a instancia de D. Michal Lukasz Imiolek, en representación de «Medius Collection, S.L.», contra D. Jesús Álves Domínguez, declarado en situación procesal de rebeldía

FALLO

Estimo en parte la demanda de juicio verbal de reclamación de cantidad, interpuesta por D. Michal Lukasz Imiolek, en representación de «Medius Collection, S.L.», contra D. Jesús Álves Domínguez, declarado en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia,

Condeno a D. Jesús Álves Domínguez al abono a «Medius Collection, S.L.», de la cantidad de 135 euros, sin perjuicio de los intereses del artículo 576 de la Lec, caso de que fuera necesaria la ejecución de sentencia.

Todo ello, sin especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la misma no cabe interponer recurso alguno, de conformidad a lo dispuesto en el apartado 1.º, in fine, del artículo 455 de la LEC.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado(a) que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a doce de marzo de dos mil diecinueve.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Jesus Alves Dominguez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución no cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental