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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 67, viernes 5 de abril de 2019


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE BILBAO
1739

EDICTO dimanante del juicio ordinario n.º 485/2018 seguido sobre reclamación de administradores.

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.

Juicio ordinario 485/2018–M.

Parte demandante: Ferbiser S.L.

Parte demandada: Lingling Weng , Xiaohui Zheng y Luis Augusto Rodriguez.

Sobre: reclamación de los administradores.

En el juicio referenciado, se ha dictado la Sentencia 51/2019 de fecha 31 de enero cuyo fallo dice literalmente lo siguiente:

FALLO

Estimar la demanda formulada por la procuradora Sra. Basterreche Arcocha, en nombre y representación de Ferbiser, S.L., frente a D. Lingling Weng, D. Xiaohui Zheng y D. Luis Augusto Rodríguez, condenar solidariamente a los demandados a abonar al demandante la cantidad de 6.775,95 euros, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de la presente resolución, momento a partir del cual y hasta el completo pago se incrementará en dos puntos el interés legal, con imposición de costas a los demandados.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 2755000004048518, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02–Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del demandado rebelde Luis Augusto Rodríguez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Bilbao (Bizkaia), a 12 de marzo de 2019.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental