Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 56, jueves 21 de marzo de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DEL AGUA
1461

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2019, del Director General de la Agencia Vasca del Agua, por la que se aprueba el documento de Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) del segundo ciclo en el ámbito de competencia autonómica del País Vasco de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.

La Ley 1/2006, de 23 de junio, crea y regula, en su artículo 5 y siguientes, la Agencia Vasca del Agua-Ura como ente público de derecho privado cuyo objeto es llevar a cabo la política del agua en Euskadi, desde una única organización participada por administraciones y personas usuarias.

La Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, traspuesta al ordenamiento jurídico estatal a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, establece, en una primera fase de cada ciclo de planificación, la obligación de realizar, para cada Demarcación Hidrográfica, una Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI), que constituirá la base para la realización de las siguientes fases previstas en dicha Directiva.

Por otro lado, el Real Decreto 29/2011, de 14 de enero delimita la denominada Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental, en cumplimiento de las prescripciones de la Directiva 2000/60/CE, Marco del Agua.

La planificación hidrológica y la gestión del agua en dicha Demarcación se realiza de forma coordinada entre la Administración General del Estado, a través de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, competente en las cuencas intercomunitarias, y por la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el territorio de sus cuencas internas, a través de la Agencia Vasca del Agua URA, administración hidráulica competente según la Ley 1/2006, de Aguas del País Vasco, de 23 de junio.

Elaborado el proyecto de esta EPRI del segundo ciclo de planificación para la totalidad de la Demarcación del Cantábrico Oriental en colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la Agencia Vasca del Agua Ura, junto con la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Departamento de Interior del Gobierno Vasco en lo que se refiere al territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, es expuesto, conjunta y simultáneamente por aquellas dos administraciones hidráulicas, a Consulta pública el día 19 de septiembre de 2018, durante un periodo de tres meses que concluyó el 19 de diciembre de 2018.

Recibidas y analizadas las sugerencias, aportaciones y propuestas de otras administraciones y de particulares, tanto la Confederación Hidrográfica del Cantábrico como la Agencia Vasca del Agua-Ura someten el documento a los respectivos órganos de aplicación para la definitiva aprobación de la parte de la Demarcación del Cantábrico Oriental de su competencia, para constituir, en definitiva, un todo indisoluble como EPRI del conjunto de la Demarcación.

Trasladado el documento a la Comisión de Protección Civil de Euskadi, reunida el pasado 10 de octubre de 2018, es informado favorablemente por unanimidad. En el ámbito de competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Agencia Vasca del Agua Ura somete el documento a la Asamblea de Usuarios, en la que confluye el conjunto de autoridades competentes en los aspectos afectados por la Directiva 2007/60/CE, obteniéndose su unánime conformidad en la reunión celebrada el día 5 de marzo de 2019.

Con fecha 11 de marzo de 2019, el Director de Planificación y Obras de la Agencia Vasca del Agua-URA emite informe favorable a la aprobación del documento EPRI.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación,

RESUELVO:

Artículo primero.– Aprobar el documento de Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) de la Demarcación del Cantábrico Oriental, en el ámbito de las cuencas intracomunitarias, de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo segundo.– Ordenar su remisión al Gobierno de España a los efectos de comunicación a la Comisión Europea y de integración con el conjunto de la Demarcación.

Artículo tercero.– A los meros efectos de dar a conocer la presente Resolución, disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de marzo de 2019.

El Director General de la Agencia Vasca del Agua,

ERNESTO MARTINEZ DE CABREDO ARRIETA.


Análisis documental