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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 38, viernes 22 de febrero de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
968

ORDEN de 6 de febrero de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza el funcionamiento de una sección a la Escuela de Música Pública «Loatzo» de Anoeta (Gipuzkoa).

Examinada la solicitud presentada por la entidad titular de la Escuela de Música Pública «Loatzo» de Anoeta (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para el funcionamiento de una sección en el municipio de Alegia (Gipuzkoa).

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Visto el Decreto 289/1992, de 27 de octubre (BOPV de 4 de enero de 1993), por el que se regulan las normas básicas por las que se regirán la creación y funcionamiento de los centros de enseñanza musical específica, no reglada, Escuelas de Música, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza al centro docente que se describe a continuación, el funcionamiento de una sección que estará ubicada en el municipio de Alegia (Gipuzkoa).

N.º de código: 20012584.

Denominación genérica: Escuela de Música Pública.

Denominación específica: «Loatzo».

Titular: Mancomunidad de Municipios Loatzo.

Domicilio: Ergoien, 5.

Municipio: Anoeta.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Artículo 2.– La Escuela de Música Pública «Loatzo» cuenta con autorización para siete secciones ubicadas en los municipios de Aduna, Alegia, Altzo, Irura, Ibarra, Villabona y Zizurkil.

Artículo 3.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden surtirá efectos desde del curso 2018-2019.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de febrero de 2019.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental