N.º 16, miércoles 23 de enero de 2019
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
362
RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2018, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se nombra a los vocales de la Comisión de Valoración encargada de elaborar y, posteriormente, elevar a este órgano propuesta de resolución relativa a las solicitudes de subvención instadas para financiar la organización en el 2018 de actividades físicas destinadas a que las personas físicamente inactivas dejen de serlo y se da publicidad a la composición de dicha Comisión.
Vista la Orden de 10 de octubre de 2018, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para la organización en el 2018 de actividades físicas destinadas a que las personas físicamente inactivas dejen de serlo.
Considerando que el artículo 11 de la citada Orden dispone por una parte, que se constituirá una Comisión de Valoración para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas y emitir una propuesta de resolución motivada que será elevada a este órgano; por otra, que el Director de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco designará a dos personas técnicas de la Dirección de Actividad Física y Deporte como miembros de dicha Comisión.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– Designar a las vocales de la Comisión de Valoración y hacer pública la composición de dicha Comisión. Los miembros de la Comisión de Valoración serán los siguientes:
Presidente: Jon Redondo Lertxundi (Director de Actividad Física y Deporte).
Vocales:
– Elisabet Altube Bengoa (Responsable del Área de Asesoría Jurídica de la Dirección de Actividad Física y Deporte).
– Mikel Bringas Diez (Técnico de la Dirección de Actividad Física y Deporte), que actuará como Secretario de la Comisión.
Segundo.– Ordenar, para general conocimiento, la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2018
El Director de Actividad Física y Deporte,
JON REDONDO LERTXUNDI.