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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 15, martes 22 de enero de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
328

ORDEN de 21 de noviembre de 2018, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación Araex Grands».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Araex Grands», sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– En el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno tuvo entrada solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Araex Grands», de Vitoria-Gasteiz, fundada por la Sociedad «The Grand Wines Premium, S.L. Unipersonal». A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El Registro de Fundaciones requirió a los interesados la subsanación de los defectos observados en la documentación remitida, teniendo entrada el 20 de septiembre de 2018 en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno la documentación solicitada.

Tercero.– La Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 21 de noviembre de 2018 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación.

Cuarto.– En virtud de lo previsto en el artículo 3 de los estatutos, la Fundación tiene como finalidad «actuar de elemento tractor en el proceso de transformación social, económica y cultural de la Rioja Alavesa para situarla en la vanguardia internacional, lo que comprende, sin carácter limitativo, respecto de dicha finalidad, lo siguiente:

– Formar a los amantes del vino y también a los no consumidores sobre los vinos de Rioja Alavesa y Txakoli Basque White Wine.

– Desarrollar la experiencia del vino de Rioja Alavesa, así como su reposicionamiento, principalmente en el canal de la hostelería, actuando con gastrónomos de renombre mundial y fomentando todas aquellas actividades que conlleven a tener un valor percibido más alto para los vinos de Rioja Alavesa y Basque White Wine/Txakoli.

– Desarrollar el enoturismo de Rioja Alavesa basándose en proyectos que generen notoriedad de marca para Vitoria-Gasteiz como capital de Rioja Alavesa, Bilbao, como puerta de entrada a Vitoria-Gasteiz y Rioja Alavesa y Donostia-San Sebastián como centro mundial de la alta cocina vasca. En definitiva, ayudar a que el turismo enológico estatal, y principalmente internacional, considere Rioja Alavesa y Euskadi como destino preferente.

– Ayudar al desarrollo e implantación de una herramienta de análisis predictivo dentro del Proyecto en Cooperación para Rioja Alavesa y Basque White Wine/Txakoli: cómo crear mayor valor en la denominación de Origen Calificada Rioja, en general, y en Rioja Alavesa, en particular, con análisis predictivo sobre variables analíticas y mercados.

– Contribuir al desarrollo de estudios científicos sobre el binomio vino y salud, promoviendo actividades encaminadas a la consecución de un vino libre de alérgenos.»

Quinto.– Conforme disponen los artículos 5 y 6 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la calle Ramon y Cajal 7, 1.º A de Vitoria-Gasteiz, desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sexto.– La entidad fundadora aporta 30.000 euros como dotación fundacional inicial. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio.

Séptimo.– El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con vigencia en el cargo indefinida:

– Presidente y Tesorero: La Sociedad «The Grand Wines Premium, S.L. Unipersonal».

– Vocal: don Luis Cañas Herrera.

– Vocal: don Pablo María González Betere.

– Secretaria no patrona: doña Lara Vettorazzi Armental.

Todos las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 9 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Segundo.– El presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos señalados en los artículos 7 a 12 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y 36 a 39 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la constitución de la Fundación a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistas las normas mencionadas y demás normas de general y pertinente aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con esta fecha y bajo el número de registro: F-438, la constitución de la «Fundación Araex Grands», de Vitoria-Gasteiz, así como la composición inicial del Patronato, integrado por los miembros que figuran en el antecedente de hecho séptimo, quienes han aceptado expresamente sus cargos, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 10 de agosto de 2017, ante la notaria doña María del Camino López de Heredia San Julián (n.º de protocolo: 1112), subsanada por la escritura pública otorgada el 14 de septiembre de 2018, ante el notario don Fernando Ramos Alcázar (n.º de protocolo: 1.242).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2018.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental