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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 244, jueves 20 de diciembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
6251

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 762/2018 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Juicio verbal 762/2018.

Demandante: Limite 24 S.L.

Abogado/a.

Procurador/a.

Demandado/a: Estefania Garcia Lopez.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 29-11-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 268/2018

En Vitoria, a 29 de noviembre de 2018.

Vistos por mí, D.ª Mónica Basurto Garrido, magistrada del Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Vitoria, los precedentes autos del juicio verbal n.º 762/2018 en los que son partes:

Demandante: Limite 24 S.L. sin asistencia letrada ni representación por procurador.

Demandada: D.ª Estefanía Gracia López declarada en situación legal de rebeldía.

Versa la litis sobre reclamación de cantidad derivada de contrato de préstamo.

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por Limite 24 S.L. contra D.ª Estefanía Gracia López debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones ejercitadas en su contra.

Con imposición de costas a Limite 24 S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, y contra ella no cabe interponer recurso de apelación conforme al artículo 455.1 LEC 1/2000 de 7 de enero, modificada por Ley 37/2011 de 10 de octubre.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Estefania Garcia Lopez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución no cabe recurso.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental