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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 221, viernes 16 de noviembre de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
5647

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2018, del Director General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, por la que se resuelve la concesión de ayudas para proyectos de investigación en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.

HECHOS

1.– El 29 de junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la resolución de 13 de junio de 2018, del Director General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, por la que se convocan ayudas para proyectos de investigación en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.

2.– Los proyectos de investigación incluidos en el Anexo I a los que se les conceda la ayuda deberán ser realizados en el plazo de un año. El plazo comenzará a contar desde el día siguiente de la aceptación de la ayuda.

3.– El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 30 de julio de 2018, habiéndose presentado un total de 5 solicitudes.

4.– Las solicitudes fueron evaluadas por la comisión de valoración de acuerdo con los criterios y ponderaciones establecidos en las bases de la convocatoria, elevando su propuesta al Director General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales para que resuelva.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.– El artículo 19 de la resolución de 13 de junio de 2018, del Director General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, por la que se convocan ayudas para proyectos de investigación en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con las competencias atribuidas en el Decreto 191/2002, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Estructura y Funcionamiento de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, dispone que el Director General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales adjudicará o denegará las subvenciones solicitadas mediante resolución.

En su virtud, y vista la propuesta de la comisión de valoración,

RESUELVO:

Primero.– Adjudicar subvención a las solicitudes que figuran en el Anexo I de la presente Resolución. Los beneficiarios y el importe estimado figuran también en el citado Anexo I.

Segundo.– Denegar las solicitudes que figuran igualmente en el Anexo I de esta resolución.

Tercero.– Notificar la presente Resolución a las personas y entidades interesadas y proceder a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Director General de Osalan en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de forma expresa, conforme a lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Barakaldo, a 25 de octubre de 2018.

El Director General de Osalan,

ALBERTO ALONSO MARTÍN.

(Véase el .PDF)

Análisis documental