N.º 215, jueves 8 de noviembre de 2018
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
5499
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 215/2018 seguido sobre reclamación de cantidad.
Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: Juicio verbal 215/2018.
Demandante: Limite 24, S.L.
Abogado/a.
Procurador/a.
Demandado/a: Edison Josue Posligua Merchan.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado el 27-09-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda formulada por Limite 24, S.L. contra D. Edison Posligua Merchan debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones ejercitadas en su contra.
Con imposición de costa a Limite 24, S.L.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, y contra ella no cabe interponer recurso de apelación conforme al artículo 455.1 LEC 1/2000 de 7 de enero, modificada por Ley 37/2011 de 10 de octubre.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia ha sido leída, en el día de su fecha por el Juez que la dictó y firmó, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Edison Josue Posligua Merchan y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de/l la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de No cabe recurso alguno.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de septiembre de 2018.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.