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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 187, jueves 27 de septiembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

PARLAMENTO VASCO
4702

ANUNCIO relativo a las Bases Específicas del proceso selectivo para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Técnico Administrativo del Parlamento Vasco.

En ejecución del acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco de 18 de septiembre de 2018, ordeno:

Primero.– Convocar el proceso selectivo para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Técnico Administrativo (puestos de técnico administrativo y técnico administrativo-contable) del Parlamento Vasco, derivado del Acuerdo de Mesa de 30 de mayo de 2017 por el que se aprueba la oferta de empleo público 2017 (Boletín Oficial del Parlamento Vasco, n.º 31, de 2 de junio de 2017) y del Acuerdo de Mesa de 16 de julio de 2018 por el que se modifica dicha oferta (Boletín Oficial del Parlamento Vasco, n.º 91, de 20 de julio de 2018).

Segundo.– Publicar las bases específicas del proceso selectivo para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Técnico Administrativo del Parlamento Vasco en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco y en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Contra el Acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco de 18 de septiembre de 2018 podrá interponerse, ante el mismo órgano, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Las presentes bases específicas surtirán efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de septiembre de 2018.

La Presidenta del Parlamento Vasco,

BAKARTXO TEJERIA OTERMIN.

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DEL CUERPO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEL PARLAMENTO VASCO

1.– Objeto de la convocatoria.

1.1.– El objeto de la presente convocatoria es establecer las normas para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de las plazas pertenecientes al Cuerpo Técnico Administrativo del Parlamento Vasco.

1.2.– Plazas convocadas.

Se convocan 7 plazas, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) Turno libre.

a.1.– Acceso general:

1 plaza de técnico administrativo, con perfil lingüístico 3 preceptivo.

2 plazas de técnico administrativo, con perfil lingüístico 2 preceptivo.

1 plaza de técnico administrativo contable, con perfil lingüístico 2 preceptivo.

a.2.– Acceso mediante cupo de reserva para personas con discapacidad:

1 plaza de técnico administrativo, con perfil lingüístico 2 preceptivo.

b) Turno de promoción interna:

1 plaza de técnico administrativo, con perfil lingüístico 2 preceptivo.

1 plaza de técnico administrativo, con perfil lingüístico 2 no preceptivo

Quienes se presenten por el turno libre pueden aspirar tanto a las plazas de técnico administrativo como a la de técnico administrativo contable. Se podrán incrementar las plazas ofertadas, con las vacantes que puedan producirse por promoción, jubilación, fallecimiento o excedencia sin reserva de puesto de su titular, o nueva creación como resultado de la consolidación en la relación de puestos de trabajo de nuevos puestos iguales a los convocados, según lo previsto en la base 11.2 de las bases generales.

Asimismo, conforme a la base 1.2 de las bases generales, en caso de que las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad como del turno de promoción interna resultaran desiertas, acrecerían las convocadas por acceso general del turno libre.

1.3.– Sistema de provisión: concurso-oposición.

1.4.– Titulación exigida: Formación Profesional II, o titulación equivalente.

1.5.– Funciones principales del puesto: las establecidas en el Anexo II.

2.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 28 de septiembre y finaliza el 26 de octubre de 2018, a las 23:59 horas.

3.– Bases del procedimiento selectivo.

La convocatoria se rige por las bases generales de los procesos selectivos para el ingreso como personal funcionario de carrera al servicio del Parlamento Vasco aprobadas por la Mesa el 17 de marzo de 2015 y publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco el 1 de abril de 2015 y por las presentes bases específicas.

4.– Requisitos de participación, desarrollo del proceso selectivo y adjudicación de la plaza.

4.1.– Quienes aspiren a la plaza deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en la base 3.3 de las bases generales.

4.2.– Las personas que concurran por el turno de promoción interna deberán, además, cumplir lo indicado en la base 3.5 de las bases generales.

4.3.– Se deberá cumplimentar la solicitud conforme a lo dispuesto en la base 4 de las bases generales, a través de Internet, en la dirección electrónica del Parlamento Vasco www.legebiltzarra.eus y del Instituto Vasco de Administración Pública: www.ivap.euskadi.eus

4.4.– El importe de la tasa para el Cuerpo Técnico Administrativo es de 14 euros.

El pago de la tasa se podrá realizar en la forma prevista en la base 4.5 de las bases generales y en las siguientes entidades: Kutxabank y Laboral Kutxa (banca electrónica o sucursal).

4.5.– El desarrollo del proceso selectivo y de adjudicación de las plazas se realizará conforme a las prescripciones de las bases generales arriba mencionadas y a las normas relativas a los ejercicios de la fase de oposición y a la evaluación de la fase de concurso previstas en las presentes bases específicas.

5.– Tribunal.

La Mesa del Parlamento Vasco nombrará a las personas que integrarán el tribunal calificador, conforme a lo dispuesto en la base 6 de las bases generales.

6.– Normas relativas a los ejercicios de la fase de oposición y a la evaluación de la fase de concurso.

6.1.– Fase de oposición.

Consistirá en la realización de los ejercicios correspondientes y en la acreditación de ciertos conocimientos de informática, todo ello con carácter obligatorio y eliminatorio.

Solo se evaluará cada prueba respecto de quienes hayan superado la prueba eliminatoria anterior.

Todos los ejercicios se realizarán el mismo día. Se procederá a un llamamiento para quienes opten por el turno de promoción interna, con la hora de inicio del segundo ejercicio, ya que quienes se presenten por el citado turno de promoción interna, conforme a la normativa vigente, están exentos de realizar el primer ejercicio.

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único. El tribunal calificador, para garantizar la igualdad de oportunidades y trato en el desarrollo de las pruebas selectivas, podrá adaptar las condiciones de la convocatoria de las distintas pruebas en el caso de personas imposibilitadas de acudir al lugar de la prueba por razones de embarazo, parto, convalecencia u otros impedimentos graves de salud valorados libremente por el tribunal. Dicha circunstancia deberá ponerse en conocimiento del tribunal con carácter previo a la celebración de la prueba y acreditarse mediante certificado médico.

El tribunal calificador adaptará el tiempo y los medios de realización de los ejercicios a aquellas personas aspirantes que precisen adaptación y la hubieren solicitado en la instancia, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con el resto de las personas participantes, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba, ni se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigido.

6.1.1.– Ejercicios de la fase de oposición:

Primer ejercicio

Consistirá en un cuestionario de preguntas con cuatro alternativas de respuesta. Las preguntas estarán referidas al temario A, que se adjunta en el Anexo I. El ejercicio tendrá un valor máximo de 30 puntos y será eliminatorio.

En la corrección de este ejercicio se restarán al número de aciertos la tercera parte del número de errores (R=A-E/3). Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no tendrán penalización.

La puntuación obtenida por cada persona aspirante se corresponderá con el número de respuestas correctas, hecha la deducción de las incorrectas en la proporción arriba mencionada.

El tribunal, mediante la adopción del correspondiente acuerdo, dispondrá la publicación de las respuestas consideradas correctas en la dirección electrónica del Parlamento Vasco www.legebiltzarra.eus y del Instituto Vasco de Administración Pública: www.ivap.euskadi.eus

El tribunal, teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible y el nivel de conocimientos de quienes se han presentado, antes de conocer su identidad, establecerá la puntuación mínima para superar el ejercicio y hará público dicho acuerdo.

Segundo ejercicio

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en un cuestionario con preguntas de carácter teórico y práctico relacionadas con las tareas del Cuerpo técnico administrativo, basadas en el anexo I temario B. La prueba estará valorada en 50 puntos.

En el caso de preguntas con cuatro alternativas de respuesta, se penalizarán las respuestas erróneas descontando la tercera parte del valor de una respuesta correcta, conforme a la fórmula citada para la corrección del primer ejercicio. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no tendrán penalización.

El tribunal, teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible y el nivel de conocimientos de quienes se han presentado, antes de conocer su identidad, establecerá la puntuación mínima para superar el ejercicio y hará público dicho acuerdo.

Quienes no hubieran superado el primer ejercicio no serán calificados en el segundo ejercicio.

6.2.– Prueba de euskera.

6.2.1.– La prueba de euskera estará destinada a la acreditación de los perfiles lingüísticos de las plazas, concretamente, el 2 y el 3, respectivamente, y se desarrollará conforme a la base 8.2 de las bases generales.

6.2.2.– El conocimiento de euskera se valorará únicamente en el puesto en el que no tiene fecha de preceptividad conforme a la siguiente puntuación:

Perfil lingüístico 2: 7 puntos.

6.3.– Acreditación de conocimientos de informática y ofimática.

Para acceder a las plazas se deben acreditar, mediante el sistema de certificación de IT Txartela, los siguientes conocimientos de informática y ofimática, que deberán estar acreditados con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de presentación de méritos y se alegarán y presentarán en dicho plazo, tal y como prevé la base 10.6 de las bases generales:

– Microsoft Word 2010 nivel Avanzado.

– Microsoft Excel 2010 nivel Avanzado.

– Microsoft Access 2010.

– Microsoft Power Point 2010.

6.4.– Fase de concurso (20 puntos).

Se realizará con posterioridad al último ejercicio de la fase de oposición, tras la correspondiente apertura de un plazo para que las personas aprobadas aporten la documentación justificativa de los méritos. La alegación y acreditación de los méritos se hará conforme a lo dispuesto en la base 10 de las bases generales. Los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo en el caso de los conocimientos como mérito de euskera y de informática y ofimática, que deberán poseerse conforme a lo dispuesto en las bases 10.1 y 10.6 de las bases generales.

6.4.1.– Turno libre.

La calificación de la fase de concurso de quienes participen por el turno libre vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo de méritos:

a) Experiencia (10 puntos).

Por experiencia se entiende los servicios prestados como personal funcionario en el Parlamento Vasco, Ararteko, u otras administraciones públicas, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y sociedades públicas en funciones y tareas del puesto de Técnico Administrativo o Técnico Administrativo Contable dentro del Cuerpo Técnico Administrativo, o en funciones equivalentes a las de las anteriores categorías en puestos pertenecientes al subgrupo C1. En este apartado se valora la experiencia profesional que ponga de manifiesto una especial adecuación para el cumplimiento de las tareas encomendadas, conforme al Anexo II, a razón de 0,10 puntos por mes.

No se valorarán las fracciones inferiores al mes. El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y, una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

Resultará indispensable aportar certificación de la entidad, en la que figure la denominación del puesto y las tareas precisas desarrolladas, así como la duración de las mismas.

No será preciso aportar dicha certificación por aquellas personas aspirantes que presten servicios en el Parlamento Vasco o en el Ararteko.

b) Titulaciones académicas (4 puntos).

Se valorarán hasta un máximo de 4 puntos las titulaciones académicas oficiales distintas a la aportada para acceder al proceso selectivo. No se valorarán, en ningún caso, los estudios que haya sido necesario superar para la obtención de títulos se hayan valorado con una puntuación superior.

Se valorarán las siguientes titulaciones con el baremo que se indica:

A razón de 4 puntos por título:

– Técnico superior de FP Administración y Finanzas.

– Técnico superior de FP Asistencia a la Dirección.

– Técnico superior de FP Secretariado.

A razón de 2 puntos por título:

– Ciclo formativo de grado medio de FP en Gestión Administrativa.

– Todas las licenciaturas universitarias o titulaciones de grado universitario.

– Diplomatura de Ciencias Empresariales.

– Diplomatura de Relaciones Laborales.

– Diplomatura de Graduado Social.

– Diplomatura de Gestión y Administración Pública.

A razón de 1 punto por título:

– Bachillerato.

– Técnico superior de Formación Profesional en las especialidades no mencionadas en el apartado anterior.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento (3 puntos).

Se valorará la asistencia y superación de cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones y tareas propias del puesto de trabajo de técnico-administrativo, conforme a lo dispuesto en la base 10.7 de las bases generales. Solamente se valorarán los cursos con una duración superior a 10 horas realizados en los últimos 10 años contados hacia atrás desde el último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo los cursos con una duración igual o superior a 150 horas, que serán valorados independientemente de su fecha de realización.

Los cursos se valorarán a razón de 0,03 puntos por hora hasta un máximo de 3 puntos, no superando la puntuación de 1 punto por cada curso alegado.

Se considerarán, entre otros, cursos específicos relacionados con el puesto de trabajo, los siguientes:

– Procedimiento administrativo y protección de datos.

– Técnicas de Gestión Administrativa.

– Atención al usuario.

– Plantilla, nóminas, presupuestos, contratación y Seguridad Social.

– Contabilidad.

– Archivo, biblioteconomía y documentación.

– Organización del trabajo administrativo y trabajo en equipo.

– Redacción administrativa.

d) Conocimientos de informática y ofimática (2 puntos).

Se valorarán los conocimientos informáticos hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Mecanografía: 1 punto.

– Internet avanzado: 1 punto.

– Internet básico: 0,50 puntos.

– Outlook 2010: 0,50 puntos.

La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela.

e) Idiomas (1 punto).

Se valorarán los títulos o certificaciones de inglés, francés y alemán hasta un máximo de 1 punto con el siguiente baremo:

– Nivel B1: 0,25 puntos.

– Nivel B2: 0,50 puntos.

– Nivel C1: 0,75 puntos.

– Nivel C2: 1 punto.

A estos efectos, solo se tendrán en cuenta los títulos y certificados que aparecen en el anexo sobre «Títulos y certificados equivalentes a los niveles del Marco Europeo de referencia para las lenguas», del Decreto 117/2015, de 30 de junio, de equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos.

6.4.2.– Turno de promoción interna.

La calificación de la fase de concurso de quienes participen por el turno de promoción interna vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo de méritos:

a) Antigüedad (10 puntos).

Se entiende por antigüedad los servicios prestados, como personal funcionario de carrera en el Parlamento Vasco y Ararteko. Se valorará a razón de 0,10 puntos por mes, con un máximo de 10 puntos.

No se valorarán las fracciones inferiores al mes. El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y, una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

b) Titulaciones académicas (4 puntos).

Se valorarán hasta un máximo de 4 puntos las titulaciones académicas oficiales distintas a la aportada para acceder al proceso selectivo. No se valorarán, en ningún caso, los estudios que haya sido necesario superar para la obtención de títulos se hayan valorado con una puntuación superior.

Se valorarán las siguientes titulaciones con el baremo que se indica:

A razón de 4 puntos por título:

– Técnico superior de FP Administración y Finanzas.

– Técnico superior de FP Asistencia a la Dirección.

– Técnico superior de FP Secretariado.

A razón de 2 puntos por título:

– Ciclo formativo de grado medio de FP en Gestión Administrativa.

– Todas las licenciaturas universitarias o titulaciones de grado universitario.

– Diplomatura de Ciencias Empresariales.

– Diplomatura de Relaciones Laborales.

– Diplomatura de Graduado Social.

– Diplomatura de Gestión y Administración Pública.

A razón de 1 punto por título:

– Bachillerato.

– Técnico superior de Formación Profesional en las especialidades no mencionadas en el apartado anterior.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento (3 puntos)

Se valorará la asistencia y superación de cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones y tareas propias del puesto de trabajo de técnico-administrativo, conforme a lo dispuesto en la base 10.7 de las bases generales. Solamente se valorarán los cursos con una duración superior a 10 horas realizados en los últimos 10 años contados hacia atrás desde el último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo los cursos con una duración igual o superior a 150 horas, que serán valorados independientemente de su fecha de realización.

Los cursos se valorarán a razón de 0,03 puntos por hora hasta un máximo de 3 puntos, no superando la puntuación de 1 punto por cada curso alegado.

Se considerarán, entre otros, cursos específicos relacionados con el puesto de trabajo, los siguientes:

– Procedimiento administrativo y protección de datos.

– Técnicas de Gestión Administrativa.

– Atención al usuario.

– Plantilla, nóminas, presupuestos, contratación y Seguridad Social.

– Contabilidad.

– Archivo, biblioteconomía y documentación.

– Organización del trabajo administrativo y trabajo en equipo.

– Redacción administrativa.

d) Conocimientos de informática y ofimática (2 puntos)

Se valorarán los conocimientos informáticos hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Mecanografía: 1 punto.

– Internet avanzado: 1 punto.

– Internet básico: 0,50 puntos.

– Outlook 2010: 0,50 puntos.

La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela.

e) Idiomas (1 punto)

Se valorarán los títulos o certificaciones de inglés, francés y alemán hasta un máximo de 1 punto con el siguiente baremo:

– Nivel B1: 0,25 puntos.

– Nivel B2: 0,50 puntos.

– Nivel C1: 0,75 puntos.

– Nivel C2: 1 punto.

A estos efectos, solo se tendrán en cuenta los títulos y certificados que aparecen en el anexo sobre «Títulos y certificados equivalentes a los niveles del Marco Europeo de referencia para las lenguas», del Decreto 117/2015, de 30 de junio, de equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos.

7.– Calificación final y criterios de desempate.

7.1.– Relación definitiva de calificaciones finales y adjudicación de puestos ofertados.

7.1.1.– Expirado el plazo de reclamaciones y de subsanación de méritos, y resueltas las que, en su caso, se hubieran presentado, el Tribunal ordenará la publicación de las relaciones definitivas de las calificaciones finales de las personas aprobadas.

Dicha publicación se hará atendiendo al turno y forma de acceso, y el perfil lingüístico de las plazas convocadas.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases generales, la calificación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la valoración de méritos, así como, en su caso, por la valoración de los perfiles lingüísticos acreditados. En estas relaciones se indicará el orden de prelación de cada persona aspirante atendiendo a la puntuación obtenida y, en su caso, aplicando los criterios de desempate establecidos en estas bases específicas. Quienes accedan por el turno de promoción interna gozarán de preferencia en la elección de plaza. Dentro del turno libre gozará de preferencia en la elección de plaza quién acceda mediante el cupo de reserva para personas con discapacidad, siempre que reúna la aptitud psicofísica necesaria para el desempeño de las funciones específicas del puesto concreto que desee elegir, y no sufra discapacidades invalidantes para dicho desempeño.

7.1.2.– Todos los resultados y calificaciones se publicarán en Internet en la dirección electrónica del Parlamento Vasco www.legebiltzarra.eus y del Instituto Vasco de Administración Pública: www.ivap.euskadi.eus. Para acceder a consultas a través de esta dirección, se deberá introducir el n.º de DNI y el n.º de referencia de la solicitud.

7.2.– Criterios de desempate.

7.2.1.– En aplicación del artículo 20.4.a) de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, se entenderá que existe igual capacitación entre las personas candidatas cuando se produzca un empate en la puntuación final del proceso selectivo, es decir, una vez realizadas y valoradas todas las pruebas y sumados los méritos correspondientes.

7.2.2.– En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo, sucesivamente, a los siguientes criterios:

1.– A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

2.– A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

3.– A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación por experiencia o antigüedad en su caso.

4.– A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en titulaciones.

5.– A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en formación.

6.– A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en informática y ofimática.

ANEXO I
TEMARIO TÉCNICO ADMINISTRATIVO
TEMARIO A – PARTE GENERAL

1.– La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios básicos. Derechos y deberes fundamentales. Los poderes del Estado. El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial. Relaciones entre ellos.

2.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Principios generales. Aspectos generales de la distribución de competencias entre el Estado y la CAPV. Aspectos generales de la distribución de competencias entre las instituciones comunes de la CAPV y las instituciones forales de los territorios históricos. La reforma del Estatuto de Autonomía.

3.– El lehendakari. Designación y nombramiento. Competencias y facultades. El Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Composición. Competencias (Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno).

4.– El Parlamento Vasco. Composición. Estatuto de la parlamentaria y el parlamentario. Régimen económico y de protección social de los parlamentarios y parlamentarias. La sede del Parlamento Vasco.

5.– El Reglamento del Parlamento Vasco. Estructura sistemática. La constitución del Parlamento Vasco. La elección de la presidencia y la Mesa. La publicidad de los trabajos parlamentarios.

6.– El Pleno de la Cámara. Las comisiones parlamentarias: su composición, clases y funciones. Las sesiones y el orden del día. Los debates. Las votaciones y el quorum.

7.– Idea general del procedimiento legislativo en el Parlamento Vasco. La iniciativa legislativa. Proyectos y proposiciones de Ley. Las enmiendas. Procedimientos legislativos especiales.

8.– La función de impulso y control del Gobierno en el Parlamento Vasco. Preguntas, interpelaciones, mociones y proposiciones no de Ley. La investidura del Lehendakari. La moción de censura y la cuestión de confianza. Comisiones de investigación.

9.– Los órganos directivos del Parlamento Vasco. El presidente o presidenta. La Mesa. La Junta de Portavoces. Los grupos parlamentarios. La letrada o letrado mayor. Relaciones del Parlamento Vasco con otros órganos.

10.– El Ararteko (Ley 3/1985, de 27 de febrero). Estructura sistemática, funciones, designación y cese. Ámbito de actuación. Relaciones con el Parlamento.

11.– El Estatuto de Personal y Régimen Jurídico de la Administración Parlamentaria, de 22 de junio de 1990. Estructura sistemática. Clases y cuerpos de funcionarias y funcionarios. La relación de puestos de trabajo y las plantillas presupuestarias. La selección de personal y la provisión de puestos de trabajo.

12.– El régimen jurídico de la función pública vasca (Ley 6/1989, de 6 de julio). Objeto. Ámbito de aplicación. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario.

13.– La igualdad de mujeres y hombres (Ley 4/2005, de 18 de febrero). Principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres. Medidas para promover la igualdad en la normativa y actividad administrativa. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

14.– Normalización lingüística del uso del euskera en la Administración. Principios generales. El perfil lingüístico. La preceptividad de los perfiles lingüísticos. El Plan de Normalización del Uso del Euskera en la Administración del Parlamento Vasco.

15.– Las Leyes 39/2015 y 40/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de Régimen Jurídico del Sector Público. Los interesados en el procedimiento: capacidad de obrar y concepto de interesado. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Medios de impugnación de la actuación administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: concepto y clases.

16.– Funcionamiento electrónico del sector público (Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público): principios generales, la sede electrónica, portal de Internet, sistemas de identificación de las administraciones públicas, actuación administrativa automatizada, sistemas de firma y firma electrónica, archivo electrónico de documentos.

17.– Transparencia y buen gobierno (Ley 19/2013, de 9 de diciembre). Principios generales, ámbito de aplicación, acceso a la información pública. Resolución General de la Presidencia del Parlamento Vasco relativa a la aplicación del principio de transparencia y acceso a la información pública en el Parlamento Vasco, de 9 de febrero de 2016.

18.– Aspectos básicos de la protección de datos personales (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos). Ámbito de aplicación Conceptos y principios. Legitimación para el tratamiento de datos personales. Derechos relativos a la protección de datos. El Registro e Inventario de actividades de tratamiento. El Delegado o Delegada de Protección de Datos del Parlamento Vasco.

19.– Calidad total. Principios y modelos de gestión (modelo de gestión avanzada de Euskalit). Satisfacción del cliente. Cartas de servicios.

20.– Prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre). Objeto, ámbito de aplicación, derechos y obligaciones.

TEMARIO B – PARTE ESPECÍFICA
I.– DERECHO ADMINISTRATIVO Y DE LA UNIÓN EUROPEA.

1.– Fuentes del Derecho administrativo. La ley: concepto y clases. Reglamento: titularidad de la potestad reglamentaria y sus límites. Jerarquía normativa. El principio de legalidad en la Administración pública.

2.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

3.– El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Los interesados en el procedimiento. Registros. Documentos y Expedientes. Archivos: términos y plazos. Procedimiento administrativo común: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

4.– La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. Las especialidades del procedimiento sancionador.

5.– Los derechos de la ciudadanía ante las Administraciones Públicas. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. Revisión de actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. Recursos contra actos de administración del Parlamento Vasco.

6.– La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas. Principios generales de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

7.– La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Banco Central Europeo

II.– ORGANIZACIÓN DE OFICINAS PÚBLICAS, COMUNICACIÓN Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA.

8.– Atención e información a la ciudadanía por el Parlamento. Transparencia y acceso a la información pública en el Parlamento Vasco. Publicidad activa: obligación de publicar determinados contenidos en la página web. El derecho de acceso a la información pública de la Cámara: órganos competentes, límites al acceso, causas de inadmisión a trámite, procedimiento y recursos. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.

9.– La comunicación en la Administración: el uso correcto del lenguaje administrativo. Lenguaje administrativo no sexista.

10.– Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

III.– GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ADMINISTRATIVA.

11.– Selección de personal. Los procesos selectivos en la Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público. Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario público. Acceso al empleo público de las personas con discapacidad.

12.– Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo en la función pública. La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y perfeccionamiento.

13.– Derechos y deberes del personal funcionario. Horario y jornada. Vacaciones, permisos y licencias. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

14.– Las retribuciones del personal funcionario. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias. Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones del personal en activo. Formas de pago. Las indemnizaciones por razón del servicio.

15.– La acción protectora de la seguridad social. Afiliación de trabajadores, altas y bajas en la Seguridad Social: concepto, caracteres, procedimientos y efectos. Cotización: nacimiento, duración y extinción.

16.– Las funciones de los servicios administrativos del Parlamento en el procedimiento parlamentario. Registro. Tramitación de proyectos, enmiendas y proposiciones en Comisión y en Pleno. Funciones del Cuerpo Técnico-Administrativo en estas materias.

IV.– GESTIÓN DOCUMENTAL, BIBLIOTECA Y PUBLICACIONES OFICIALES DEL PARLAMENTO VASCO.

17.– Gestión de la colección bibliográfica: concepto. Selección, adquisición, registro, sellado, preparación y colocación de los fondos. Mantenimiento físico de la colección. El expurgo. Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La CDU.

18.– El Proceso técnico de los fondos: catalogación. El formato MARC 21. Los catálogos: concepto, clases y fines. Reconversión de los catálogos. El OPAC.

19.– Sistemas Integrados de Gestión Bibliotecaria. Nuevas tecnologías aplicadas a las bibliotecas: Internet, bases de datos on-line. Los soportes digitales. Bibliotecas digitales y recolectores OAI-PMH.

20.– Los documentos y sus clases. Documentos primarios. Documentos secundarios. Documentos terciarios.

21.– Estructura, contenido y régimen jurídico del Boletín Oficial del Parlamento Vasco y de los diarios de sesiones.

V.– CONTABILIDAD, CONTRATACIÓN y PRESUPUESTOS.

22.– El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. El presupuesto por programas: concepto y fases. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

23.– Los créditos presupuestarios: características. Gastos plurianuales. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito. Anticipos de tesorería.

24.– El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: modos y perceptores. Control del gasto público. Clases. Especial referencia al control de legalidad.

25.– Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. Su cumplimiento. Modificaciones contractuales. Incumplimiento de los contratos del sector público.

26.– Tipología de los contratos del sector público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Expedientes de contratación y pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Procedimientos de adjudicación. Recursos en materia de contratación. La publicidad de la contratación.

27.– Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Pagos: concepto y tipos. Pagos por obligaciones presupuestarias. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Gestión de tesorería: tipos y gestión de cuentas bancarias (apoderamientos, mancomunadas...). Remesas bancarias.

28.– El Plan General de Contabilidad Pública: fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. Contabilidad presupuestaria y de gestión. Breve análisis de los grupos de cuentas. Liquidación y cierre del ejercicio.

(Véase el .PDF)

Análisis documental