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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 186, miércoles 26 de septiembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8 DE BILBAO
4688

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 447/2018 seguido sobre desahucio.

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 8 de Bilbao, doy fe:

Que en el juicio verbal de desahucio n.º 447/2018 seguido en este Juzgado se ha dictado sentencia con fecha 24-07-2018. En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte en el procedimiento Natalia Diva por medio de la presente se notifica la sentencia de fecha 24-07-2018 haciéndole saber que contra dicha resolución judicial/procesal cabe el siguiente recurso:

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4749 0000 00 0447 18, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Además, no se admitirá al demandado el recurso de apelación si, al interponerlo, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (artículo 449.1 de la LEC).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la oficina judicial del presente órgano judicial.

El presente edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) así como en el Reglamento (UE) 2016/679 de Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Y para que sirva de notificación en forma a la parte en el procedimiento Natalia Diva, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el tablón de anuncios del presente órgano judicial, a quien advierto que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o cédula en el mismo lugar, causando plenos efectos.

En Bilbao, a 3 de septiembre de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


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