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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 130, viernes 6 de julio de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
3525

DECRETO 99/2018, de 3 de julio, de designación del Presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao.

El artículo 31.1 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispone lo siguiente:

«El Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada al Ministerio de Fomento será publicada en el correspondiente diario oficial y en el Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, así como en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, previa aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 3 de julio de 2018,

DISPONGO:

Artículo 1.– Designar a don Ricardo Barkala Zumelzu como Presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao.

Artículo 2.– Que, en cumplimiento de lo prescrito en el artículo 31.1 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sea comunicado el nombramiento descrito en el artículo precedente al Ministerio de Fomento para su posterior publicación en el correspondiente diario oficial y en el Boletín Oficial del Estado.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día 17 de julio de 2018.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2018.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.


Análisis documental