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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, viernes 11 de mayo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2521

RESOLUCIÓN 90/2018, de 3 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la Empresa Tenneco Automotive Iberica S.A., sita en el polígono industrial Ureta S/N, de Ermua (Bizkaia).

Habiéndose por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 2 de mayo de 2018, el Acuerdo por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la Empresa Tenneco Automotive Iberica S.A., sita en el polígono industrial Ureta S/N, de Ermua (Bizkaia), y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la Empresa Tenneco Automotive Iberica S.A., sita en el polígono industrial Ureta S/N, de Ermua (Bizkaia), al quedar excluida de la obligación de contar con un Plan de Emergencia Exterior, que figura como Anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de mayo de 2018.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 90/2018, DE 3 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 2 DE MAYO DE 2018 POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTO EL PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR DE LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA TENNECO AUTOMOTIVE IBERICA S.A., SITA EN EL POLÍGONO INDUSTRIAL URETA S/N, DE ERMUA (BIZKAIA)

La normativa básica estatal en materia de Protección Civil, viene constituida actualmente por la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y desarrollada por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y el Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la Directriz Básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. Dicha normativa prevé un catálogo oficial de actividades susceptibles de originar una emergencia de protección civil, y establece la obligación, por parte de las empresas que desarrollan dichas actividades y que tienen la calificación de establecimientos de nivel superior (debido a la cantidad de toneladas de sustancias peligrosas existentes en sus instalaciones), de contar con un PEE para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los posibles accidentes graves, previamente analizados, clasificados y evaluados, en el que se establezcan las medidas de protección más idóneas, los recursos humanos y materiales necesarios, y el esquema de coordinación de las autoridades, órganos y servicios llamados a intervenir.

Las instalaciones de la empresa Tenneco Automotive Iberica S.A., sita en el polígono industrial Ureta s/n de Ermua (Bizkaia), fueron dotadas de un PEE, que se aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión de 18 de enero de 2011 (BOPV n.º 28, de 11 de febrero de 2011), por resultar dicha Empresa afectada por la normativa entonces vigente en materia de protección civil (Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, y sus respectivas modificaciones, el Real Decreto 119/2005 y el Real Decreto 948/2005).

Conforme a la notificación realizada por el órgano competentes del Departamento de Desarrollo Económico e infraestructuras la citada empresa ha implantado medidas en sus instalaciones de almacenamiento y una política de compras que determinan que el establecimiento deja de estar afectado por la normativa de accidentes graves, en la actualidad el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, sobre medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, por lo que dicha empresa queda excluida de la obligación de contar con un plan de emergencia exterior.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Seguridad, y previa la correspondiente deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente:

ACUERDO

«Primero.– Dejar sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la Tenneco Automotive Iberica S.A., sita en el polígono industrial Ureta s/n de Ermua (Bizkaia), aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión de 18 de enero de 2011, al quedar excluida de la obligación de contar con un Plan de Emergencia Exterior.

Segundo.– Por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento se ordenará la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco».


Análisis documental