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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 81, viernes 27 de abril de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
2321

DECRETO 59/2018, de 24 de abril, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto Unidad de Ejecución 734.01 en los barrios de Iturrigorri y Gardeazabal, de Bilbao, Fase II. Ampliación, en Bilbao.

El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente para el proyecto «Unidad de Ejecución 734.01 en los barrios Iturrigorri y Gardeazabal, de Bilbao, Fase II. Ampliación», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha de 9 de enero de 2018, el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 11, de 16 de enero de 2018, Boletín Oficial de Bizkaia n.º 18, y prensa. Con misma fecha de 9 de enero de 2018, el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado ninguna alegación, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Con fecha 22 de septiembre de 2015, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales inició el expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto «Unidad de Ejecución 734.01 en los barrios de Iturrigorrri y Gardeazabal, de Bilbao, Fase II» y acordó solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto. Mediante Decreto 36/2016, de 1 de marzo, se declaró de urgencia dicha ocupación.

Una vez finalizado el expediente expropiatorio mencionado se ha detectado la existencia de cuatro fincas dentro del ámbito que no fueron incluidas en dicho expediente.

Se hace necesario iniciar las operaciones jurídicas de agrupación y segregación de fincas para la construcción del nuevo edificio de 85 viviendas previsto en este emplazamiento, destinado al realojo de ocupantes afectados por actuaciones del Gobierno Vasco en ámbitos cercanos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 24 de abril de 2018,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para el proyecto «Unidad de Ejecución 734.01 en los barrios Iturrigorri y Gardeazabal, de Bilbao, Fase II. Ampliación».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de abril de 2018.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental