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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 53, jueves 15 de marzo de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
1403

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 531/2017.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio verbal 531/2017.

Demandante: Gonzalo Juez Montuenga.

Abogado/a: Carmen Rosa Gonzalez Maza.

Procurador/a: Juan Usatorre Iglesias.

Demandado/a: Maria Yolanda Arbe Besga y Jose Antonio Villaverde Miguez.

Sobre.

En el referido juicio se ha dictado 13-02-2018 sentencia, en la que es la siguiente:

SENTENCIA N.º 27/2018

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de febrero de 2018.

Vistos por mí, D.ª Mónica Basurto Garrido, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, los precedentes autos del juicio verbal n.º 531/2017 en los que son partes:

Demandante: D. Gonzalo Juez Montuenga asistido por la letrada Sra. Gonzalez y representado por el procurador Sr. Usatorre.

Demandados: D. Jose Antonio Villaverde declarado en situación legal de rebeldía y D.ª M.ª Yolanda Arbe Besga asistida de la letrada Sra. Villaverde y sin representación por procurador.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. Gonzalo Juez Montuenga contra D. Jose Antonio Villaverde y D.ª M.ª Yolanda Arbe Besga debo condenar y condeno a los demandados la pago solidario de 2.000 euros, más los intereses expresado en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

Con imposición de costas a D. Jose Antonio Villaverde y D.ª M.ª Yolanda Arbe Besga.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, y contra ella no cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 455.1 LEC 1/2000 de 7 de enero, modificada por Ley 37/2011 de 10 de octubre.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Jose Antonio Villaverde Miguez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de no cabe recurso.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de febrero de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


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