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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 53, jueves 15 de marzo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1394

ORDEN de 29 de enero de 2018, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San Patricio» de San Sebastián (Gipuzkoa).

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San Patricio» de San Sebastián (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para modificar las instalaciones destinadas a impartir 1.º ciclo de Educación Infantil en dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza la modificación de las instalaciones destinadas a impartir 1.º ciclo Educación Infantil en el centro docente que se describe a continuación:

N.º de código: 20006171.

Denominación específica: «San Patricio».

Titular: «Colegio Inglés San Patricio, Sociedad Cooperativa».

Domicilio: Lanberri, 25.

Municipio: San Sebastián.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Composición del centro:

– Educación Infantil 1.º ciclo: 3 unidades para niños y niñas de dos a tres años con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.

– Educación Infantil 2.º ciclo: 9 unidades con capacidad para 225 puestos escolares.

– Educación Primaria: 18 unidades con capacidad para 450 puestos escolares.

– Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades con capacidad para 360 puestos escolares.

– Bachillerato: modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales», 6 unidades con capacidad para 210 puestos escolares.

– Educación Especial: 2 aulas abiertas.

Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Artículo 3.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2018.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental