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EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 104/2016.
En el procedimiento de Juicio Verbal n.º 104/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Sevilla a instancia de Jose Maria De Juan Rodriguez contra Fuente Atlanterra, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En la ciudad de Sevilla, a 9 de junio de 2016; D. Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia n.º 19 de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio verbal civil seguidos en este Juzgado bajo el n.º 104/2016, siendo partes en el mismo, como demandante, D. José María de Juan Rodríguez, asistido por el letrado Sr. Vega Alcaide; y como demandada Fuente Atlanterra, S.L., declarada en rebeldía.
Que estimando la demanda formulada D. José María de Juan Rodríguez, contra Fuente Atlanterra, S.L., debo:
– declarar resuelto el contrato celebrado entre las partes por incumplimiento contractual de la demandada.
– condenar a ésta a devolverle la suma de 600 euros en concepto de reserva.
– condenar a la demandada a abonar al actor la suma de 600 euros en concepto de indemnización por el retraso injustificado en la devolución de la cantidad abonada.
– condenar a la demandada a los intereses legales que se mencionan en el fundamento jurídico 3.º, así como al abono de las costas causadas.
Contra la presente Resolución no cabe interponer recurso alguno. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, por ante mí el Secretario, en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la entidad demandada Fuente Atlanterra, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a 6 de febrero de 2018.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.