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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, martes 6 de marzo de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE BILBAO
1203

EDICTO dimanante del expediente de vigilancia penitenciaria n.º 1595/2017.

D.ª Maria Dublang Cabrera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia),

Hago saber:

Que en este Juzgado y con el n.º 1595/17 se sigue expediente al penado Michel Lucas Garcia Batista, NIE n.º XY4422440Z, con último domicilio en Calle Magallanes n.º 31-3.º dcha. - Barakaldo, y actualmente en ignorado paradero, en el cual se ha dictado el día 31-05-2017 Auto, y cuyos antecedentes de hecho y acuerda son del tenor literal siguiente:

AUTO

En Bilbao (Bizkaia), a 31 de mayo de 2017.

HECHOS

Primero.– Con fecha 06-03-2017 se toma conocimiento en el presente expediente del plan de ejecución de cumplimiento de 47 (38+9) jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad impuestas al penado Michel Lucas Garcia Batista en la causa ejc. 885/16-K del Juzgado de lo Penal n.º 7 de Bilbao.

Segundo.– Con fecha 08-05-2017 se recibe del Servicio Vasco de Gestión de Penas de Bizkaia informe en el cual se participa que tras haber realizado 3 jornadas el penado ha abandonado el cumplimiento desconociendo los motivos y circunstancias.

Tercero.– Por este Juzgado se acuerda la obligación al penado de comparecer ante dichos servicios para elaborar nuevo plan de ejecución, bajo apercibimiento de decretar que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena y de decretar por este Juzgado el incumplimiento de la pena, comparecencia que no se ha producido debido a la incomparecencia ante los servicios sociales.

Cuarto.– Dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal por éste se informó en el sentido: que se proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 49.6 C.P.

ACUERDA

Declarar por incumplida por parte de Michel Lucas Garcia Batista la pena de 44 jornadas que restan de cumplimiento de las 47 (38+9)jornadas en beneficio de la comunidad impuestas en Ejec. 885/16-K del Juzgado de lo Penal n.º 7 de Bilbao.

Dedúzcase testimonio al Juzgado de Guardia de los de Bilbao a los efectos establecidos en el fundamento único.

Notifíquese la presente Resolución al Juzgado sentenciador a los efectos oportunos.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, al Servicio Vasco de Gestión de Penas y al penado con entrega de copia de la misma, haciéndose saber que contra la misma y ante este Juzgado podrá interponer recurso de Reforma en el plazo de tres días a contar del siguiente a su notificación.

Así lo manda y firma el/la Ilmo./a Sr/a D/ña Ruth Alonso Cardona, Magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia); doy fe.

Y para que sirva de notificación y requerimiento al penado Michel Lucas Garcia Batista por encontrarse en ignorado paradero, en cumplimiento de lo ordenado, haciéndole saber que contra dicha resolución podrá interponer recurso de reforma en el término de tres días a partir de esta notificación, libro el presente en Bilbao (Bizkaia), a ocho de febrero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental