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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 18, jueves 25 de enero de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
421

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2018, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la modificación de la convocatoria, de ayudas para la financiación, en el ejercicio 2018, de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 23 de enero de 2018, ha aprobado la modificación de la convocatoria de ayudas para la financiación, en el ejercicio 2018, de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco y, de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Proceder a la publicación de la modificación de la convocatoria de ayudas para la financiación, en el ejercicio 2018, de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de este organismo autónomo, adoptado en su sesión de 23 de enero de 2018, recogida como anexo a esta Resolución.

Segundo.– Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de enero de 2018.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

JUAN JOSE BORJA BELANDIA FRADEJAS.

ANEXO
MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN, EN EL EJERCICIO 2018, DE LAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo aprobó, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 28 de diciembre de 2017, la convocatoria de ayudas para la financiación, en el ejercicio 2018, de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que fue publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 247, de 29 de diciembre de 2017, mediante la Resolución de 28 de diciembre de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Tal y como se establece en el artículo 2.1 de la convocatoria, los recursos económicos que se destinan a la financiación de las ayudas a conceder al amparo de la misma ascienden a 4.200.000 euros, importe que se corresponde con el crédito consignado para esta finalidad en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2018 aprobado por el Gobierno Vasco.

Si bien, en la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, el Parlamento Vasco ha aprobado un crédito mayor para financiar este programa de ayudas, que asciende a 4.600.000 euros.

Teniendo en cuenta la ejecución en años anteriores de este programa y a los efectos de alcanzar los objetivos del programa, Lanbide-Servicio Vasco de Empleo considera necesario destinar a la cobertura de estas ayudas la totalidad del crédito asignado en los Presupuestos a esta finalidad, modificando, para incrementar, los recursos económicos previstos en la convocatoria ya aprobada.

El momento en el que se lleva a cabo esta modificación, en el que se encuentra avanzado el transcurso del plazo de presentación de solicitudes, aconseja, por otro lado, la ampliación del mismo.

Por ello, a propuesta del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, el Consejo de Administración de este organismo autónomo, en su sesión de fecha 23 de enero de 2018, aprueba la modificación de la convocatoria de ayudas para la financiación, en el ejercicio 2018, de las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en los siguientes términos:

Primero.– Modificar el artículo 2.1 de la citada convocatoria, que queda redactado del siguiente modo:

«1.– Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria ascienden a 4.600.000 euros.»

Segundo.– Modificar el artículo 7.4 de la citada convocatoria, que queda redactado de este modo:

«4.– El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día 5 de febrero de 2018.»


Análisis documental