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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 14, viernes 19 de enero de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
299

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 489/2017 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio verbal 489/2017.

Demandante: Medius Collection, S.L.

Abogado/a.

Procurador/a.

Demandado/a: Urtzi Pires Lopez.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado 13 / 11 / 2017 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 292/2017

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de noviembre de 2017.

Vistos por mí, D.ª Mónica Basurto Garrido, magistrada del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, los precedentes autos del juicio verbal n.º 489/2017 en los que son partes:

Demandante: Medius Collections, S.L. sin asistencia letrada ni representación por procurador.

Demandado: D. Urtzi Peris Lopez declarado en situación legal de rebeldía.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda formulada por Medius Collections, S.L. contra D. Urtzi Peris Lopez debo condenar y condeno a D. Urtzi Peris Lopez a abonar a la actora la cantidad de 80 euros.

Sin imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, y contra ella no cabe interponer recurso de apelación conforme al artículo 455.1 LEC 1/2000 de 7 de enero, modificada por Ley 37/2011, de 10 de octubre.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: la anterior sentencia ha sido leída, en el día de su fecha por el Juez que la dictó y firmó, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Urtzi Pires Lopez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución no cabe recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de diciembre de 2017.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental