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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 247, viernes 29 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
6312

ORDEN de 5 de diciembre de 2017, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza la impartición del nivel 1 o contacto y la ampliación de especialidades a la Escuela de Música Privada «The English School» de San Sebastián (Gipuzkoa).

Examinada la solicitud presentada por la Escuela de Música Privada «The English School» de San Sebastián (Gipuzkoa), de autorización para la impartición del nivel 1 o contacto y la ampliación de especialidades.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Visto el Decreto 289/1992, de 27 de octubre (BOPV de 4 de enero de 1993), por el que se rigen la creación y funcionamiento de los centros de enseñanza musical específica, no reglada, Escuelas de Música, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza a impartir el «nivel 1 o de contacto» y la especialidad de «Guitarra» (Rama de tendencias diversas) a partir del curso escolar 2017-2018, al centro docente que se describe a continuación:

N.º de código: 20008453.

Denominación genérica: Escuela de Música Privada.

Denominación específica: «The English School».

Titular: The English School Sociedad Cooperativa.

Domicilio: Avda. del Alcalde Jose Elosegi, 64, bajo.

Municipio: San Sebastián.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Se impartirán en este centro las siguientes enseñanzas:

● Niveles: 1, 2 y 3.

● Ramas:

– Canto: coral.

– Instrumental sinfónica: violín, violonchelo, flauta, oboe y trompeta.

– Instrumental polifónica: piano y acordeón.

– Tendencias diversas: guitarra.

Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica del profesorado. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2017.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental