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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 243, viernes 22 de diciembre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
6176

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2017, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se acepta la solicitud de renuncia de una de las adjudicatarias a la beca de matrícula del «XLIII (43) Curso de Urbanismo» (2017-2018), organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU), dependiente del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP).

Por Resolución de 22 de septiembre de 2017, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, se adjudicaron las becas de matrícula del «XLIII (43) Curso de Urbanismo y Estudios Territoriales (2017-2018)», organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU), dependiente del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) (BOPV n.º 196, de 13 de octubre de 2017). Cada una de las personas adjudicatarias recibirá 2.780,00 euros para el pago de la matrícula del curso indicado.

La adjudicataria María Rosa Alvarez Lorenzo, ha presentado un escrito con fecha de 20 de octubre de 2017 en el que señala que renuncia a dicha beca de matrícula.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo primero.– Aceptar la renuncia a la beca de matrícula de María Rosa Alvarez Lorenzo, por un importe de 2.780,00 euros, en el «XLIII (43) Curso de Urbanismo», organizado por la Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU), dependiente del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP).

Artículo segundo.– Contra la presente Resolución de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, según lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación o publicación de este Resolución. El recurso podrá interponerse ante el órgano emisor de esta Resolución o ante el Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, se podrá entender desestimado el recurso y se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de octubre de 2017.

La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública,

MARÍA TERESA IRURETAGOYENA IBARGUREN.


Análisis documental