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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 198, martes 17 de octubre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 13 DE BILBAO
4968

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 916/2016.

Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Bilbao.

Juicio: pro. ordinario 916/2016.

Demandante: Eva Maria Toledo Acero, Gonzalo Acero Lopez, Maria Celia Acero Lopez, Maria Asuncion Acero Ruiz, Maria Begoña Toledo Acero, Maria Elvira Toledo Acero, Juan Acero Diez, Eliseo Acero Diez, Miguel Santos Acero Ruiz, Jose Ignacio Fenandez Aldana, Maria Begoña Fernandez Aldana, Jesus Carlos Acero Lopez, Santiago Acero Ruiz, Miguel Angel Fernandez Aldana, Maria Del Carmen Fernandez Aldana, Maria Begoña Ruiz Acero, Julio Acero Diez, Elvira Acero Diez, Teofilo Acero Lopez y Maria Carmen Acero Ruiz.

Abogado/a: Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez, Igor Ezquerra Perez y Igor Ezquerra Perez.

Procurador/a: Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez, Juan Carlos Ruiz Gutierrez y Juan Carlos Ruiz Gutierrez.

Demandado/a: Asuncion Perez Acero, Gonzalo Bartolome Perez, Maria Concepcion Toledo Acero, Herencia Yacente de Miguel Angel Acero Lopez, Julen Acero Alvarez, Zuriñe Acero Alvarez y Estibaliz Acero Alvarez.

Sobre: Acción de la división de la cosa común.

En el referido juicio se ha dictado el 18-09-2017 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

A.– Se estima la demanda presentada por el/la procurador/a Sr/a. Ruiz Gutierrez, en nombre y representación de Eva Maria Toledo Acero, Gonzalo Acero Lopez, Maria Celia Acero Lopez, Maria Asuncion Acero Ruiz, Maria Begoña Toledo Acero, Maria Elvira Toledo Acero, Juan Acero Diez, Eliseo Acero Diez, Miguel Santos Acero Ruiz, Jose Ignacio Fenandez Aldana, Maria Begoña Fernandez Aldana, Jesus Carlos Acero Lopez, Santiago Acero Ruiz, Miguel Angel Fernandez Aldana, Maria Del Carmen Fernandez Aldana, Maria Begoña Ruiz Acero, Julio Acero Diez, Elvira Acero Diez, Teofilo Acero Lopez y Maria Carmen Acero Ruiz, frente a Asuncion Perez Acero, Gonzalo Bartolome Perez, Maria Concepcion Toledo Acero, Herencia Yacente De Miguel Angel Acero Lopez, Julen Acero Alvarez, Zuriñe Acero Alvarez y Estibaliz Acero Alvarez y:

1.– Se declara el derecho de los actores a cesar en la indivisión, decretando la disolución de la copropiedad que los mismos, junto con los demandados, ostentan sobre la finca urbana, doscientos treinta y uno, vivienda izquierda o letra A, según su posición subiendo por la caja de escaleras de la planta alta tercera, del cuerpo o casa número dieciocho, sita en el Polígono Benta-Zarra, Basurto, señalado con los números 2-14-16-18-4-20 y 22 de la calle Lezeaga de Bilbao, dividido en dos bloques, el I, con los portales 20 y 22; y el II, con los portales 2, 14, 16, 18 y 4, de dicha calle. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 13 de Bilbao, finca 1640, folio 16 del libro 38, inscripción 1.ª.

2.– Se declara que la vivienda antes descrita es esencialmente indivisible por lo que, a falta de un acuerdo en los términos del artículo 404 del Código Civil (adjudicación a alguno/algunos de los condueños indemnizando a los demás), se proceda a la extinción del condominio mediante la venta del inmueble litigioso en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiendo su precio entre todos los comuneros en proporción a su participación y fijándose como precio de tasación para la celebracion de la subasta la cantidad de 159.077,52 euros.

B.– Se estima la demanda reconvencional presentada por el/la procurador/a Sr/a. Bartau Rojas, en nombre y representación de Maria Concepcion Toledo Acero, frente a Eva Maria Toledo Acero, Gonzalo Acero Lopez, Maria Celia Acero Lopez, Maria Asuncion Acero Ruiz, Maria Begoña Toledo Acero, Maria Elvira Toledo Acero, Juan Acero Diez, Eliseo Acero Diez, Miguel Santos Acero Ruiz, Jose Ignacio Fenandez Aldana, Maria Begoña Fernandez Aldana, Jesus Carlos Acero Lopez, Santiago Acero Ruiz, Miguel Angel Fernandez Aldana, Maria del Carmen Fernandez Aldana, Maria Begoña Ruiz Acero, Julio Acero Diez, Elvira Acero Diez, Teofilo Acero Lopez, Maria Carmen Acero Ruiz, Asuncion Perez Acero, Gonzalo Bartolome Perez, Herencia Yacente de Miguel Angel Acero Lopez, Julen Acero Alvarez, Zuriñe Acero Alvarez y Estibaliz Acero Alvarez y:

1.– Se declara el derecho de la demandante reconvencional a cesar en la indivisión, decretando la disolución de la copropiedad que la misma, junto con los demandantes y los otros demandados, ostentan sobre las fincas registrales 1642 (plaza de garaje número 134) y 1644 (trastero número 81) sitas en el edificio de la calle Lezeaga números 2-14-16-18-4-20 y 22 de Bilbao. Inscrita la finca 1642 en el Registro de la Propiedad número 13 de Bilbao en el libro 38, folio 21 y la finca 1644 en el Registro de la Propiedad número 13 de Bilbao en el libro 38, folio 26.

2.– Se declara que los anejos antes descritos son esencialmente indivisibles por lo que, a falta de un acuerdo en los términos del artículo 404 del Código Civil (adjudicación a alguno/algunos de los condueños indemnizando a los demás), se proceda a la extinción del condominio mediante la venta del inmueble litigioso en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiendo su precio entre todos los comuneros en proporción a su participación.

3.– No procede la condena en costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Herencia Yacente de Miguel Angel Acero Lopez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 20 de septiembre de 2017.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental