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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 189, martes 3 de octubre de 2017


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE VITORIA-GASTEIZ
4741

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 242/2017.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de 1.ª Instancia n.º 5 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: pro. ordinario 242/2017.

Demandante: Ana Maria Cobo Martinez y Gonzalo Obregon Pozo.

Abogado/a.

Procurador/a: Maria Odile Seoane Osa y Maria Odile Seoane Osa.

Demandado/a: Turihoteles Vacations Club, S.L. y Caja de Ahorros del Mediterraneo.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado el 04-09-2017 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda formulada por Gonzalo Obregón Pozo y Ana María Cobo Martínez contra Turihoteles Vacations Club, S.L., y contra Banco Sabadell, S.A. y, en su virtud:

1.– Declaro la nulidad de los contratos de compraventa formalizados por la parte actora con Turyhoteles Vacations Club, S.L..

2.– Declaro la vinculación entre los contratos de compraventa y préstamo, con la consiguiente nulidad de los contratos de préstamo otorgados por la CAM.

3.– Condeno solidariamente a la parte demandada a que abonen a la parte actora la cantidad de 20.909,68 euros. A la cantidad objeto de condena se devengarán los intereses descritos en el fundamento de derechos sexto de la presente resolución.

Con imposición de costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Turihoteles Vacations Club, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2017.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental