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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 134, viernes 14 de julio de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3539

DECRETO 192/2017, de 11 de julio, por el que se aprueba el cambio de denominación del Consejo de Médicos del País Vasco por el de Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco.

El artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco competencia exclusiva en materia de Colegios y Consejos Profesionales radicados en el País Vasco y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

Por el Consejo de Médicos del País Vasco fue presentada solicitud de aprobación de la modificación de sus estatutos, en la cual se incluye el cambio de denominación del mismo, para adecuar su correspondencia en castellano y euskara.

El artículo 44 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de Colegios y Consejos Profesionales y el artículo 34 del Decreto 21/2004, de 3 de febrero, sobre el Reglamento de Profesiones Tituladas, los Colegios y Consejos Profesionales, establecen que para la modificación de la denominación de los consejos profesionales será necesario el informe del Departamento correspondiente y de los tres colegios que forman el consejo respectivo, aprobarse mediante decreto del Gobierno Vasco, y publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco.

Han sido presentados los informes favorables de los Colegios Oficiales de Médicos de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa y del Departamento de Salud. Así mismo, se adjunta el informe del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, competente en materia de Colegios y Consejos Profesionales.

Sobre estas bases, considerando justificada la solicitud promovida por el referido consejo, y una vez cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, a propuesta del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 11 de julio de 2017,

DISPONGO:

Artículo único.– El Consejo de Médicos del País Vasco pasará a denominarse en lo sucesivo Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de julio de 2017.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental