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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, jueves 22 de junio de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE PROTECCIÓN DE DATOS
3134

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2017, de la Directora de la Agencia Vasca de Protección de Datos por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal eventual de la Agencia Vasca de Protección de Datos.

La Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, configura a ésta como un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones, y dispone en su artículo 11.2 que el personal de la Agencia estará sometido a la normativa reguladora de la función pública en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A su vez, la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, establece en su artículo 14 que las relaciones de puestos de trabajo deberán incluir la totalidad de los existentes que se hallen dotados presupuestariamente, distinguiendo los reservados a funcionarios, a personal laboral fijo y personal eventual.

A tal efecto, el Decreto 309/2005, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Vasca de Protección de Datos, dispone en sus artículos 7.k) y 15.1 que corresponde al Director de ésta, previo informe de su Consejo Consultivo, elaborar y aprobar la relación de puestos de trabajo, que entrará en vigor el día en el que la resolución correspondiente sea publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Con amparo en tales preceptos se dictó la Resolución de 24 de marzo de 2006, del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos, publicada en el BOPV n.º 80, de 27 de abril de 2006, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Esta Resolución ha sido objeto de diversas modificaciones, estando actualmente vigente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario aprobada por Resolución de 17 de junio de 2013, de segunda modificación de la resolución por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Agencia Vasca de Protección de Datos, publicada en el BOPV n.º 133, de 12 de julio de 2013.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el Capítulo I del Título II (Las relaciones de puestos de trabajo) de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

En el seno de dicho procedimiento, la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas ha emitido el informe preceptivo previsto en el artículo 23 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La presente relación de puestos de trabajo de personal eventual especifica las características esenciales, los requisitos exigidos para su desempeño y las precisiones necesarias respecto al régimen retributivo de los puestos, conforme establece el artículo 15 de Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con el Consejo Consultivo

RESUELVO:

Artículo único.– Aprobar la relación de puestos de trabajo reservados a personal eventual que se contiene en el Anexo de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de junio de 2017.

La Directora,

MARGARITA URÍA ETXEBARRIA.

ANEXO
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (PERSONAL EVENTUAL)
(Véase el .PDF)

Análisis documental