N.º 111, martes 13 de junio de 2017
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
2944
RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2017, de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se delega en la Consejera de Seguridad la Contratación del servicio de obras de conservación, mantenimiento y seguridad para la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
El artículo 8.1.j) del Decreto 96/2010, de 30 de marzo, de estructura de la Academia de Policía del País Vasco, en relación con la Disposición Adicional Primera del mencionado Decreto, atribuye a la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias la función de contratar el servicio de obras de conservación, mantenimiento y seguridad.
En el momento actual, se considera que la contratación del mencionado servicio de manera conjunta bajo la competencia del Departamento de Seguridad, contribuye a la mejora de la gestión de los servicios así como a la racionalización del gasto público.
La fórmula apropiada para llevar a cabo de manera conjunta la contratación del servicio de desplazamientos y estancias en el ámbito antes señalado, es la prevista para las delegaciones de competencias en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, que dispone lo siguiente:
«1.– Los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas».
Es por ello que, en virtud de las competencias que en materia de contratación atribuye a la Consejera del Departamento de Seguridad el artículo 4.2.f) del Decreto 83/2017 por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad (publicado en el BOPV n.º 76, de 21 de abril de 2017),
RESUELVO:
I.– Delegar en la Consejera de Seguridad la competencia para la contratación conjunta del servicio de obras de conservación, mantenimiento y seguridad para la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
La delegación se extenderá a las siguientes materias previstas en el RDL 3/2011, de 14 de noviembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que sean de aplicación al contrato
– Preparación del contrato (Libro II).
– Adjudicación del contrato (Libro III, Título I, Capítulo II).
– Prerrogativas de la Administración, modificación, extinción, cesión y subcontratación previstas con carácter general en el Libro IV, Título I, Capítulo I, y con carácter particular para los contratos de servicios en el Libro IV, Título II, Capítulo V.
– Formalización del contrato (Libro III, Título I, Capítulo I).
II.– El resto de competencias que corresponden al órgano de contratación, y en particular la facultad de dar la conformidad a la ejecución de los servicios prestados y ordenar el abono de los mismos, permanecerán en el órgano delegante.
III.– La presente delegación entrará en vigor a partir del día siguiente de su firma.
En Arkaute, a 29 de mayo de 2017.
La Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,
MALENTXO ARRUABARRENA JULIÁN.