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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 85, lunes 8 de mayo de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2256

ORDEN de 3 de abril de 2017, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la autorización de los centros docentes privados de Educación Especial dependientes de la entidad «Asociación Guipuzcoana de Ayuda a la Parálisis Cerebral y Alteraciones Afines (Aspace)».

Examinado el expediente iniciado por la representante legal de la entidad «Asociación Guipuzcoana de Ayuda a la Parálisis Cerebral y Alteraciones Afines (Aspace)», en solicitud de autorización para modificar la autorización del centro privado de Educación Especial «Aspace» de San Sebastián y suprimir los centros de Educación Especial «Aspace» de Bergara y «Aspace» de Eibar dependientes de la misma entidad, con el fin de integrar en un único Centro las enseñanzas que tienen autorizadas.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la Orden de 30 de julio de 1998 (BOPV de 31 de agosto), por la que se establecen criterios de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y dotación de recursos para su correcta atención en las distintas etapas del sistema educativo, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2017-2018, el cese de actividades del centro privado de Educación Especial que se describe a continuación:

N.º de código: 20006110.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial.

Denominación específica: «Aspace».

Titular: Asociación Guipuzcoana de Ayuda a la Parálisis Cerebral y Alteraciones Afines – Aspace.

Domicilio: Ibaiondo, 9.

Municipio: Bergara.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Artículo 2.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2017-2018, el cese de actividades del centro privado de Educación Especial que se describe a continuación:

N.º de código: 20001112.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial.

Denominación específica: «Aspace».

Titular: Asociación Guipuzcoana de Ayuda a la Parálisis Cerebral y Alteraciones Afines – Aspace

Domicilio: Santa Inés, s/n.

Municipio: Eibar.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Artículo 3.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2017-2018, la ampliación de doce aulas estables de Educación Especial en el centro docente que se describe a continuación:

N.º de código: 20004873.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial.

Denominación específica: «Aspace».

Titular: Asociación Guipuzcoana de Ayuda a la Parálisis Cerebral y Alteraciones Afines – Aspace.

Domicilio: Camino Illarra, 2.

Municipio: San Sebastián.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Composición resultante:

– Educación Especial: 25 aulas estables.

Artículo 4.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Artículo 5.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de abril de 2017.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental