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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 81, martes 2 de mayo de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2164

RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2017, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior, «Programa Elkartzen», para el ejercicio 2017.

La Orden de 15 de marzo de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, modificada por la Orden de 13 de junio de 2012 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, (BOPV n.º 74, de 20 de abril de 2005 y BOPV n.º 122, de 22 de junio de 2012) regula el «Programa Elkartzen» sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior.

De conformidad a lo previsto en el artículo 7 de la citada Orden reguladora del «Programa Elkartzen», procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen para el ejercicio 2017, por lo que, en virtud de las facultades establecidas en dicho artículo

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2017 de las ayudas previstas en la Orden de 15 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, modificada por la Orden de 13 de junio de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el «Programa Elkartzen», sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior.

Artículo 2.– Recursos Económicos.

A la financiación de las ayudas convocadas se destinará un total de 1.600.000 euros, con cargo al correspondiente crédito presupuestario establecido en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobados por Ley 9/2015, de 23 de diciembre, prorrogados para el presente ejercicio.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– La solicitud y cualquier otra documentación a aportar, deberá ser cumplimentada de forma telemática y se presentará en el lugar destinado al efecto en las siguientes direcciones electrónicas:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/

El acceso al expediente y demás trámites podrán realizarse, también, a través de la dirección siguiente:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/contenidos/recurso_tecnico/acceso_teletramitacion/es_def/nb29WebProfesional.html?idioma=es&seccion=AF&servicio=I

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/contenidos/recurso_tecnico/acceso_teletramitacion/es_def/nb29WebProfesional.html?idioma=eu&seccion=AF&servicio=I

El modelo de solicitud se publica como Anexo 1 a la presente Resolución.

2.– El plazo de presentación de solicitudes será desde las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de Convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco hasta las 12:00 horas del día 9 de junio de 2017.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de abril de 2017.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental