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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 70, lunes 10 de abril de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1828

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2017, del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se conceden las subvenciones reguladas por la Orden de 7 de diciembre de 2016, de la Consejera de Educación, correspondientes al curso académico 2016-2017, para la adquisición de equipamiento dirigida a centros privados que imparten ciclos formativos de Formación Profesional.

En fecha de 23 de diciembre de 2016 se hizo pública la Orden de la Consejera de Educación, por la que se convocan subvenciones dirigidas a centros privados que, en el curso académico 2016-2017, tengan concertados en la Comunidad Autónoma del País Vasco algún ciclo formativo de grado medio o superior de Formación Profesional de los citados en el artículo 1 de la orden, con el objeto de financiar la compra de equipamiento necesario para la implementación de métodos y herramientas innovadoras de aprendizaje en el desarrollo curricular y para el despliegue de programas de Formación para el empleo y de especialización profesional.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 7 de diciembre y habiendo observado en todas las actuaciones el procedimiento de concesión y gestión de las subvenciones establecido, tanto en las bases reguladoras como en la normativa vigente, las solicitudes presentadas fueron evaluadas por la Comisión de Valoración que, nombrada a tal efecto conforme al citado artículo, aprobó y elevó al Vicenconsejero de Formación Profesional la propuesta de resolución de concesión y denegación, según corresponda, de todas las que fueron admitidas tras el proceso de selección, tal como consta en el acta de fecha de 14 de marzo de 2017.

Una vez elevada la propuesta al Viceconsejero de Formación Profesional y tal como se dispone en el artículo 10 de la Orden, le corresponde al propio Viceconsejero dictar y notificar a las entidades interesadas la Resolución sobre las solicitudes presentadas siendo el plazo máximo establecido para ello de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Conceder, con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 8 de la Orden de 7 de diciembre de 2016, de la Consejera de Educación, y a propuesta de la Comisión de Valoración, las subvenciones destinadas a la adquisición de equipamientos vinculados a los ciclos formativos especificados en las bases reguladoras de la convocatoria a las entidades beneficiarias que se relacionan en el Anexo I y por las cuantías, para cada una de ellas, que en el mismo se especifican.

Artículo 2.– Denegar, con arreglo a los requisitos de participación establecidos en el artículo 5 de la citada Orden de 7 de diciembre de 2016 y a propuesta de la Comisión de Valoración, la concesión de subvención a las entidades solicitantes que se relacionan en el Anexo II.

Artículo 3.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

En el resto de condiciones se tendrá en cuenta lo dispuesto en la citada Orden de 7 de diciembre de 2016, de la Consejera de Educación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes, a partir de la notificación de esta Resolución a los centros.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de marzo de 2017.

El Viceconsejero de Formación Profesional,

JORGE ARÉVALO TURRILLAS.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental