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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, viernes 31 de marzo de 2017


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1672

RESOLUCIÓN 262/2017, de 27 de enero, de la Directora Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto, por la que se convoca la provisión, mediante concurso, de un puesto de Jefe/a de Sección Facultativa de Psicología Clínica en la OSI Bilbao-Basurto de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Encontrándose vacante el puesto de Jefe/a de Sección Facultativa de Psicología Clínica en la OSI Bilbao - Basurto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en la Instrucción 1/2016 del Director General de Osakidetza, relativo a la Provisión de Jefaturas de Servicio y Sección Médicas, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza, y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección Gerencia acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de concurso, con arreglo a las siguientes:

BASES

1.– Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser estatutario, funcionario o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, personal estatutario fijo de las Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud, y hallarse en situación de servicio activo u otra situación administrativa que conlleve reserva de puesto respecto a una categoría perteneciente al mismo grupo profesional que el puesto ofertado.

b) Hallarse en posesión de la titulación y especialidad correspondiente al puesto convocado.

c) Experiencia profesional mínima de 3 años como facultativo especialista técnico psicólogo clínico.

2.– Publicación de la convocatoria.

La presente Resolución será publicada íntegramente en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en la página web de Osakidetza – Servicio vasco de salud

3.– Plazo y presentación de solicitudes.

Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Personal de OSI Bilbao - Basurto Avda. de Montevideo, 18, Bilbao, de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de la última publicación de la resolución de convocatoria en los Boletines Oficiales correspondientes. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de «Curriculum Vitae» documentado a la Dirección de Personal de OSI Bilbao – Basurto, Avda. de Montevideo, 18, Bilbao. La documentación deberá contener:

a) Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

b) Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida.

d) Certificación original actualizada de los servicios prestados, con expresión de la categoría a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV.

e) Memoria-Proyecto de Gestión de la Sección cuya cobertura se pretende.

f) Fotocopia compulsada de todos los méritos valorables.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquéllos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el/la aspirante.

4.– Relación provisional de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Directora Gerente de la OSI Bilbao – Basurto dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión, en su caso, del motivo de exclusión, ordenará su publicación en la página web de Osakidetza – Servicio vasco de salud y en la intranet de la OSI Bilbao – Basurto y se establecerá un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última fecha de publicación, para la presentación de reclamaciones en vía administrativa. Si la causa de exclusión es un defecto subsanable, mediante la publicación de dicha relación provisional se requerirá a los/las interesados/as para que en el plazo de diez días hábiles subsanen las faltas observadas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se acordará su exclusión definitiva del proceso.

5.– Relación definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de reclamaciones y/o subsanación de solicitudes, por Resolución de la Directora Gerente de la OSI Bilbao – Basurto se procederá a la publicación de la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en la página web de Osakidetza – Servicio vasco de salud y en la intranet de la OSI Bilbao – Basurto.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el/la Directora/a General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en la web.

6.– Comisión de Valoración.

Por Resolución de la Dirección Gerencia de la OSI Bilbao – Basurto se constituirá una Comisión de valoración presidida por el/la Director/a Médico, e integrada por el/la Subdirector/a Médico, el/la Director/a de Personal (que actuará como Secretario/a con voz y voto) y tres vocales, uno de ellos designado por el IVAP, que deberán ostentar los tres la titulación y la especialidad exigida a los candidatos, reunir la condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo y ostentar puesto funcional de igual o superior rango jerárquico al convocado.

Esta Resolución será publicada en la página web de Osakidetza – Servicio vasco de salud y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración pertenecerán a la misma a título individual. En su funcionamiento, serán independientes y actuarán amparados por la discrecionalidad técnica, sin perjuicio de su sometimiento a derecho.

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de actuar, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En los mismos supuestos, las personas interesadas podrán, en cualquier momento, promover recusación, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del citado texto legal. Asimismo, la Comisión de Valoración ajustará su actuación a las reglas determinadas en los artículos 15 y siguientes de la citada Ley 40/2015.

Todos los miembros de la Comisión participarán con voz y voto y los acuerdos, que deberán ser recogidos en acta, se tomarán por mayoría de votos.

La Comisión actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del procedimiento y siendo responsable de garantizar su objetividad. Asimismo, resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las bases de la convocatoria, estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no previstos en ellas. Además deberá recoger en acta, previamente a la evaluación de las personas aspirantes, los criterios específicos de evaluación siguiendo las bases y el baremo de méritos recogido en las mismas.

7.– Convocatoria a las personas aspirantes.

Para la defensa pública del proyecto las personas aspirantes serán convocadas con una antelación mínima de 10 días. En la convocatoria se indicará la fecha, lugar y hora de la intervención, publicándose un anuncio de la misma en la página web de Osakidetza.

La Comisión de Valoración, con carácter previo a la defensa pública de los proyectos, comprobará el cumplimiento de los requisitos por parte de las personas aspirantes así como la ausencia de causas de Abstención y Recusación que recogen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Posteriormente se procederá a efectuar el llamamiento individual de cada una de las personas aspirantes para que realice la exposición y defensa del proyecto, seguida de una entrevista mediante la cual los miembros de la Comisión de Valoración efectuarán preguntas acerca de aspectos contenidos en la misma para una mayor aclaración o profundización. Tanto la exposición y defensa del proyecto como la entrevista serán públicas.

Finalizada la exposición pública de las personas aspirantes, la Comisión de Valoración procederá a puntuar a cada persona aspirante, de conformidad con lo previsto en las bases de la convocatoria.

8.– Valoración de méritos.

La Comisión de valoración realizará la valoración y puntuación de los méritos de cada una de las personas aspirantes, de conformidad con lo previsto en las bases de la convocatoria.

En ningún caso podrán valorarse méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

En anexo adjunto se recoge el baremo de méritos de aplicación a este proceso selectivo siendo la máxima puntuación 66 puntos desglosados de la siguiente manera:

● Proyecto y defensa (máximo 30 puntos).

● Valoración de méritos (máximo 30 puntos).

● Conocimientos de euskera (máximo 6 puntos).

El procedimiento se desarrollará en dos fases:

A) Exposición individual del proyecto y entrevista pública con puntuación individual conforme a lo previsto en las bases de la convocatoria.

B) Valoración de méritos, de conformidad con las bases de la convocatoria, con valoración y puntuación individual.

La puntuación mínima exigida para acceder al puesto convocado será de 33 puntos en el conjunto del proceso, siendo necesario un mínimo de 15 puntos en la valoración del proyecto y en su defensa.

9.– Resolución del procedimiento.

1.– Terminada la fase de evaluación de los proyectos presentados por las personas aspirantes así como de sus méritos curriculares, la Comisión de Valoración elevará propuesta de nombramiento dirigida a la Dirección Gerencia de la OSI Bilbao-Basurto en favor de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación con indicación desglosada de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes en cada epígrafe del baremo. Si ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, o no obtienen la puntuación mínima requerida, la Comisión de Valoración propondrá que se declare desierta la convocatoria. Dicha propuesta será publicada en la página web de Osakidetza.

2.– La Dirección Gerencia, en vista de la propuesta efectuada, dictará resolución nombrando a la persona aspirante propuesta para la cobertura del puesto convocado o la declarará desierta. En este último caso deberá indicar la causa que deberá ser por alguna de las siguientes: a) falta de presentación de personas aspirantes, b) ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, c) ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida. En el supuesto del apartado a) anterior, la Dirección Gerencia podrá declarar desierta la convocatoria tras la aprobación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, sin necesidad de más trámites.

3.– La Resolución de nombramiento se notificará a las personas aspirantes y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en la página web de Osakidetza y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General del Ente Público.

10.– Efectos de la adjudicación.

La Resolución de nombramiento surtirá efectos desde la fecha de su publicación en BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

El nombramiento como Jefe de Sección Facultativo, dará lugar a una relación temporal por un plazo de cuatro años prorrogables.

11.– Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

En Bilbao, a 27 de enero de 2017.

La Directora gerente de la OSI Bilbao-Basurto,

MICHOL GONZALEZ TORRES.

(Véase el .PDF)

Análisis documental