N.º 56, martes 21 de marzo de 2017
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE VITORIA-GASTEIZ
1478
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 641/2016.
Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: Juicio verbal 641/2016.
Demandante: Ullibarri Distribución y Construcción, S.L.
Abogado/a: Maria Belen Redondo Redondo.
Procurador/a: Blanca Olatz Garcia Rodrigo.
Demandado/a: Tecnigestobra, S.L.L.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado el 17-11-2016 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Ullibarri Distribución y Construcciones, S.L. contra Tecnigestobra, S.L.L. y, en su virtud, condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 2879,29 euros. A dicha cantidad se devengaran los intereses descritos en el fundamento de derecho tercero de la presente Resolución.
Con imposición de costas a la parte demandada.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Tecnigestobra, S.L.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de febrero de 2017.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.