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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 36, martes 21 de febrero de 2017


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
930

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 6 de febrero de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo secretario/a alto cargo.

El artículo 18.2 b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos los errores de dicha índole en la Resolución de 6 de febrero de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo secretario/a alto cargo, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 31, de 14 de febrero de 2017, se procede a su corrección:

– En la página 2017/803 (1/3), en la parte expositiva de la Resolución, donde dice:

«..., este Departamento acuerda anunciar la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Orden, con arreglo a las siguientes.»

Debe decir:

«..., este organismo autónomo acuerda anunciar la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes.»

– En la página 2017/803 (1/3), en el párrafo 1 de la base Segunda, donde dice:

«1.– Los/las aspirantes dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección competente en materia de personal del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.»

Debe decir:

«1.– Los/las aspirantes dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección de Servicios Generales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (Servicio de Gestión de Personas), dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.»

– En la página 2017/803 (2/3), en el primer párrafo de la base Tercera, donde dice:

«La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.»

Debe decir:

«La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.»

– En la página 2017/803 (2/3), donde dice:

«Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.»

Debe decir:

«Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.»

– En la página 2017/803 (3/3), en el anexo, donde dice:

«– Departamento de Empleo y Políticas Sociales.»

Debe decir:

«– Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.»


Análisis documental