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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, viernes 11 de noviembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
4761

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 926/2015.

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro.ordinario 926/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Donostia-San Sebastián a instancia de Luis Javier Olaizola Azaldegui contra S. Mercedes Sarria, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 207/2016

Juez que la dicta: D. Jose Manuel Grao Peñagaricano.

Lugar: San Sebastián.

Fecha: cuatro de octubre de dos mil dieciséis.

Parte demandante: Luis Javier Olaizola Azaldegui.

Abogado/a: Ivonne Rivas Olaizola.

Procurador/a: Eva Apesteguia Rodriguez.

Parte demandada: S. Mercedes Sarria, S.L.

Objeto del juicio: reclamación de cantidad (obligaciones).

FALLO

Estimando íntegramente la presente demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Apezteguia en nombre y representación de D. Luis Javier Olaizola Azaldegui contra S. Mercedes Sarria, S.L., debo:

1.– Declarar resuelto el contrato de compraventa estipulado entre la parte actora y la demandada respecto del vehículo que se determina en el escrito de demanda.

2.– Obligar a la parte demandada a restituir al demandante la cantidad abonada como precio del vehículo, 20.000 euros.

3.– Condenar a la parte demandada a indemnizar al demandante por los daños y perjuicios causados en la cantidad de 8.432,21 euros.

4.– Condenar a la parte demandada al abono de los intereses legales desde el 25 de octubre de 2015.

5.– Condenar a la demandada al pago de las costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 1845 0000 04 0926 15, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Sebastián, a cuatro de octubre de dos mil dieciséis.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s S. Mercedes Sarria, S.L., extiendo y firmo la presente en San Sebastián a seis de octubre de dos mil dieciséis.

LA SECRETARIO.


Análisis documental