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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, viernes 11 de noviembre de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
4754

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2016, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2016.

Por Resolución de 25 de mayo de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior (Boletín Oficial del País Vasco n.º 104, de 2 de junio), fueron convocadas las ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2016.

A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada de acuerdo a lo que establece el artículo 9 de la referida Resolución de convocatoria, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, y una vez informado el Consejo Rector en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 2016,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas convocadas por Resolución de 25 de mayo de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior, a las entidades recogidas en el Anexo I de la Resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Denegar las ayudas a las entidades que se relacionan en el Anexo II por los motivos que se indican en el mismo.

Tercero.– Excluir las solicitudes presentas por las entidades relacionadas en el Anexo III, por las razones que se indican en el mismo.

Cuarto.– Aceptar la renuncia a la solicitud que se recoge en el Anexo IV de la resolución.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de noviembre de 2016.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

ANEXO I
SOLICITUDES SUBVENCIONADAS
(Véase el .PDF)
ANEXO II
SOLICITUDES DENEGADAS POR AGOTAMIENTO DE FONDOS
(Véase el .PDF)
ANEXO III
SOLICITUDES EXCLUIDAS
(Véase el .PDF)
ANEXO IV
RENUNCIAS
(Véase el .PDF)

Análisis documental