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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 200, viernes 21 de octubre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
4448

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2016, de la Viceconsejera de Vivienda, por la que se conceden subvenciones para la elaboración de proyectos de intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.

Mediante Orden del 23 de diciembre de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convoca y regula la convocatoria correspondiente al 2016 del Programa Renove Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios, para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 249, de 31 de diciembre de 2015.

Las ayudas están cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (la contribución del FEDER supondrá el 50% del importe subvencionado en lo relativo a la eficiencia energética). Por ello, las ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y Consejo de 17 de diciembre de 2013.

El artículo 7.º de la Orden de 23 de diciembre de 2015, establece que para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas se constituirá una comisión de valoración, el cual sobre la base de los criterios de adjudicación determinados en la propia Orden de 23 de diciembre de 2015, elevará la oportuna propuesta de resolución a la Viceconsejera de Vivienda.

A la vista del Acta presentada por el Comisión de Valoración y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos de la Orden de 23 de diciembre de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se regula el programa de ayudas del Plan Renove en materia de Rehabilitación eficiente de Viviendas y Edificios, para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.

RESUELVO:

1.– Denegar la concesión de las subvenciones solicitadas, a las siguientes comunidades por los motivos que a continuación se exponen:

1.1.– Por no ser objeto de la Orden Renove, los edificios que se presentan sin estar agrupados hasta configurar bloques o manzanas edificatorias que incluyan al menos un lado de la misma, tal y como se indica en el artículo 1 de la Orden, las propuestas de las siguientes comunidades:

– Iturriza 19, Bilbao

– Bertsolari Txirrita 3, San Sebastián

– Bertsolari Txirrita 1, San Sebastián

– Miguel Alduntzin 8, Errenteria

– Fermín Calveton 7, San Sebastián

– Armeros 6, Irun

– Fundación Hogar 3, Santurtzi

– Santa Eulalia 29, Santurtzi

– Nieves Cano 19-B, Vitoria-Gasteiz.

1.2.– Conforme a lo determinado en el artículo 4 de la Orden, quedan fuera de la convocatoria de ayudas, aquellas propuestas que no presenten la documentación requerida cuya memoria descriptivo-justificativa y económica no haga expresa respuesta a los puntos detallados en el artículo 2 de la Orden referido al conjunto de actuaciones que deben recoger las propuestas subvencionables: a) Actuación sobre la envolvente de los edificios para obtener reducción de la demanda térmica del mismo y actuación sobre las instalaciones de producción térmica para reducir su consumo energético con el objeto de alcanzar tras la reforma, al menos, una certificación energética C según el procedimiento definido en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril; b) Mejora de la accesibilidad de las edificaciones de manera que se garantice la accesibilidad desde la vía pública hasta cada una de las viviendas, sin necesidad de salvar desniveles con peldaños; c) Mejora de las condiciones de seguridad, el edificio o conjunto edificatorio a nivel de instalaciones generales dispondrá de los equipos adecuados para hacer posible la iluminación de emergencia, señalización, detección y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes; d) Actuaciones que supongan una ampliación del perímetro edificado orientadas a conseguir la mejora de las condiciones de habitabilidad, de acuerdo al Anexo IV del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre; y e) Monitorización energética, comprobación y cuantificación de la mejora en la eficiencia energética del edificio rehabilitado. En este sentido y dado que no dan cumplimiento a la documentación a presentar establecida en el artículo 4 de la Orden se desestiman las siguientes solicitudes:

Santa Katalina 41, Lekeitio.

La solicitud no incluye justificación de una calificación energética C. Del mismo modo, tampoco se incluyen las actuaciones de monitorización energética, de mejora de accesibilidad ni de mejora de las condiciones de seguridad.

Casares 66, San Sebastián.

La solicitud no incluye justificación de una calificación energética C. Del mismo modo, tampoco se incluyen las actuaciones de monitorización energética, de mejora de accesibilidad ni de mejora de las condiciones de seguridad.

Villa Anabel, Lekeitio.

La solicitud no incluye justificación de una calificación energética C. Del mismo modo, tampoco se incluyen las actuaciones de monitorización energética, de mejora de accesibilidad ni de mejora de las condiciones de seguridad.

Músico Guridi 2-4, Mungia.

No se hace entrega de la documentación para la subsanación exigida (solicitud del 9 de mayo del 2016). Se entiende por desistida la petición.

Pago 3, Zamudio.

No se hace entrega de la documentación para la subsanación exigida (solicitud del 9 de mayo del 2016). Se entiende por desistida la petición.

1.3.– Por presentar un acuerdo en número de propietarios o cuotas de participación inferior a lo determinado por la Ley de la Propiedad Horizontal vigente, tal y como se determina en el artículo 6 de la Orden, la propuesta de la comunidad:

Honduras 1-2-3-7 y Don Vela 66, Vitoria-Gasteiz.

La certificación del acuerdo de aprobación en Junta de Propietarias y Propietarios no está referida a la propuesta de intervención y no consta del alcance de las obras ni su importe.

En los párrafos anteriores se menciona el motivo específico de exclusión de las citadas solicitudes, sin que esto signifique que en las solicitudes no puedan concurrir otros motivos de desestimación.

2.– Conceder subvenciones a las siguientes comunidades de propietarias y propietarios, por el importe que posteriormente se especifica.

En Bizkaia:

– Altamira n.º 26, Bilbao.

Bloque de 24 viviendas de las cuales corresponden 12 al portal n.º 26, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 23.239,21 euros y de ejecución de 337.320,18 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando por el exterior un sistema tipo SATE o similar, colocando carpinterías con mejores características térmicas y rehabilitando la cubierta e incorporando el aislamiento. También se colocará aislamiento en los techos de los locales comerciales; se mejora el rendimiento de las instalaciones de calefacción y ACS colocando calderas de condensación a gas individuales; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor por portal; se mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Altamira n.º 27, Bilbao.

Bloque de 24 viviendas de las cuales corresponden 12 al portal n.º 27, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 24.099,62 euros y de ejecución de 351.660,30 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando por el exterior un sistema tipo SATE o similar, colocando carpinterías con mejores características térmicas y rehabilitando la cubierta e incorporando el aislamiento. También se colocará aislamiento en los techos de los locales comerciales; se mejora el rendimiento de las instalaciones de calefacción y ACS colocando calderas de condensación a gas individuales; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor por portal; se mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Areatza n.º 42, Plentzia.

Bloque de 7 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 25.601,53 euros y de ejecución de 282.519,18 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando por el exterior un sistema tipo SATE o similar, rehabilitando la cubierta e incorporando el aislamiento, e incorporando también aislamiento en la totalidad de la superficie de techos de los locales. También se sustituirán ventanas de las viviendas por otras de mejores características térmicas; Se cambiarán las actuales calderas por otras de gas natural de baja condensación con rendimientos superiores; mejora de la accesibilidad se realiza incorporando un ascensor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Irumineta n.º 13, 15, 17 y 19, Bilbao.

Bloques de 48 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 142.424,57 euros y de ejecución de 1.078.974,02 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando una fachada ventilada, SATE o similar, rehabilitando la cubierta y colocando carpinterías con mejores características térmicas; se ejecutarán 48 instalaciones individuales de ACS y calefacción mediante calderas de condensación a gas, apoyado todo ello por paneles solares para el precalentamiento del ACS; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor por portal, cuatro en total; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Garragane n.º 1, Mungia.

Bloque de 12 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 28.858,10 euros y de ejecución de 369.401,42 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando por el exterior un sistema tipo SATE o similar, renovando y aislando la cubierta, y cambiando algunas ventanas por otras con mejores características térmicas; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Altamira n.º 33, Bilbao.

Conjunto de bloques con un total de 26 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 31.779,44 euros y de ejecución de 477.808,05 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando por el exterior un sistema tipo SATE o similar, renovando y aislando la cubierta, aislando la totalidad del techo de los locales de planta baja y cambiando algunas ventanas por otras con mejores características térmicas; se mejora el rendimiento de las instalaciones de calefacción y ACS colocando calderas de condensación a gas individuales en aquellas en las que las calderas en la actualidad emplean energía eléctrica y/o butano; mejora de la accesibilidad se realiza incorporando un ascensor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Cuesta de Olabeaga n.º 14, Bilbao.

Bloque de 10 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 72.771,17 euros y de ejecución de 787.251,70 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, mediante la aplicación por el exterior un sistema tipo SATE o similar, cambiando las carpinterías por otras con mejores características térmicas; se mejora el rendimiento de las instalaciones de calefacción y ACS colocando calderas de condensación individuales y se instalará un sistema de apoyo mediante paneles solares térmicos, mejora de la accesibilidad colocando un ascensor y adecuando el portal a cota cero; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Avenida Basagoiti n.º31, Getxo.

Bloque de 6 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 26.140,15 euros y de ejecución de 237.240,74 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, mediante la incorporación de una fachada ventilada; se mejora el rendimiento de las instalaciones de calefacción y ACS colocando calderas de condensación individuales y una bomba de calor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas. Desde el punto de vista de la accesibilidad se incorporará una rampa en la entrada del edificio.

– Grupo Talayeta, Getxo.

Conjunto de bloques de 35 viviendas, con un presupuesto de honorarios técnicos de 43.715,00 euros y de ejecución de 1.065.644 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, mediante la colocación de un sistema de fachada ventilada en las caras exteriores del edificio y SATE o similar en los patios, y rehabilitando y aislando la cubierta; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas. Desde el punto de vista de la accesibilidad se plantea resolver los escalones existentes en los accesos mediante rampas.

● Zabalea Auzoa 29, Galdakao.

Bloque formado por 2 viviendas, con un presupuesto de honorarios técnicos de 41.540,00 euros y de ejecución de 420.315,95 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, mediante la rehabilitación de la fachada mediante SATE, y rehabilitando completamente y aislando la cubierta y colocando aislamiento desde la planta baja; se mejora el rendimiento de las instalaciones mediante una instalación de energía solar térmica y sustitución de las calderas; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando una de las viviendas. Desde el punto de vista de la accesibilidad se plantea la colocación de un ascensor y solucionar la accesibilidad a cota del vial.

En Gipuzkoa:

– Andrearriaga n.º 15, Irun.

Bloque de 11 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 32.900 euros y de ejecución de 315.351,54 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando aislamiento en la fachada mediante un SATE, asilamiento del forjado entrecubierta mediante panel de lana de roca y aislamiento del forjado de la planta primera mediante panel de lana de roca; se mejora el rendimiento de las instalaciones de calefacción y ACS colocando calderas de condensación a gas murales para ACS y calefacción; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Nagusia n.º 62, Astigarraga.

Bloque de 18 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 40.513,57 euros y de ejecución de 506.449,73 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, incorporando aislamiento en la fachada mediante la instalación de un sistema de aislamiento térmico exterior, SATE, aislamiento del forjado entrecubierta mediante panel de lana de roca y aislamiento del forjado de la planta primera mediante panel de lana de roca; se mejora el rendimiento de las instalaciones mediante una instalación de energía solar térmica; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– San Juan n.º 25, Pasaia.

Bloque de 29 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 106.750 euros y de ejecución de 599.120,38 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, combinando una actuación de fachada ventilada en la envolvente exterior, con SATE en la zona de balcones, aislamiento del forjado entrecubierta y aislamiento del forjado de la planta primera, y sustituyendo las carpinterías antiguas por otras con mejores características térmicas; mejora de la accesibilidad instalando un ascensor; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– Sorgintxulo n.º1-3-5, Errenteria.

Bloque de 120 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 39.000,00 euros y de ejecución de 2.054.133,99 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, combinando una actuación de fachada ventilada en la envolvente exterior, con SATE en los cierres de terraza, renovación de la cubierta incorporando aislamiento térmico; mejora de la accesibilidad acondicionando la cabina de un ascensor y ejecución de rampas interiores; mejora de las instalaciones térmicas colocando nuevas calderas de condensación y cambio de combustible; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

– C.P. Torre Eguzki, Arrasate.

Bloque de 80 viviendas, con un presupuesto conjunto de honorarios técnicos de 82.000 euros y de ejecución de 1.658.080 euros. La propuesta presentada consiste en mejora de la eficiencia energética, con la aplicación por el exterior un sistema de fachada ventilada, y SATE en la zona interior de patios, sustitución de carpinterías por otra que mejores las condiciones térmicas, renovación de la cubierta con incorporación de aislamiento térmico, aislamiento por debajo de la cubierta de planta ático y sobre lo techos de los locales de planta baja; mejorar de las instalaciones térmicas colocando calderas nuevas de condensación; mejora de la accesibilidad se realiza mediante plataforma salvaescaleras; mejora de las condiciones de seguridad contra incendios y se verifica la mejora de la eficiencia energética del edificio monitorizando algunas de las viviendas.

En el artículo 5.2 de la orden de ayudas, se específica que la cuantía de las subvenciones tendrá como límite máximo:

1.– Para la redacción de informes, certificaciones y proyectos.

Se concede una ayuda base del 60% del costo neto (impuestos excluidos) de los honorarios de redacción de los documentos y tiene como límite máximo el importe correspondiente de multiplicar 800 euros por el número total de viviendas incluidas en el ámbito de aplicación del proyecto de intervención. En actuaciones incluidas en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas se concede una ayuda adicional del 20% calculada sobre la ayuda base.

2.– Para la ejecución de las obras las ayudas base se calcula en función de las actuaciones que recoja la propuesta de intervención y, para cada actuación subvencionada, se concederá un máximo del 50% del presupuesto de contrata (impuestos excluidos) de las actuaciones subvencionadas. En el caso de actuaciones incluidas en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas dicha cuantía máxima ascenderá al 60% del presupuesto de contrata (impuestos excluidos) de las actuaciones subvencionadas.

Las ayudas base de las siguientes actuaciones subvencionables tendrán como límite máximo el importe correspondiente de multiplicar el número total de viviendas incluidas en el ámbito de aplicación del proyecto de intervención por las siguientes cantidades:

a) Mejora del comportamiento energético se concederá un máximo de 8.200 euros/vivienda:

Para actuaciones pasivas sobre la envolvente de los edificios se concederá un máximo de 6.000 euros/vivienda.

Para actuaciones activas que incidan en el rendimiento y la eficacia de los distintos sistemas e instalaciones del edificio se concederá un máximo de 2.200 euros/vivienda.

Para la instalación de calderas individuales en número superior al 80% se concederá un máximo correspondiente de multiplicar 30 euros por la suma de las potencias térmicas de los generadores (kW).

Para instalaciones solares se concederá un máximo correspondiente de multiplicar 1.500 euros por la potencia de la instalación solar térmica, calculada según 0,7kW/m2 captador.

Para instalaciones de generación de ACS y/o calefacción con uso de energía geotérmica para un edificio se concederá un máximo correspondiente de multiplicar 3.900 euros por la potencia térmica del generador (kW).

b) Para mejora de la accesibilidad:

Para actuaciones que incluyan la instalación de ascensor en edificios que antes carecían de él se concederá:

Para instalación de ascensor por el exterior con modificación escaleras un máximo 60.000 euros/ ascensor.

Para instalación de ascensor por el interior con modificación escaleras un máximo 45.000 euros/ ascensor.

Para actuaciones que incluyan la adaptación de ascensores se concederá un máximo 20.000 euros/ascensor.

Para actuaciones que incluyan resolver la accesibilidad hasta cota cero se concederá un máximo de 12.000 euros.

c) Para monitorización energética se concederá un máximo de 140 euros/vivienda.

d) Para Seguridad contra Incendios se concederá:

Para la instalación de extintores e iluminación de emergencia un máximo 50 euros/vivienda.

Para la instalación de columna seca un máximo 100 euros/vivienda.

Para la instalación de detección y alarma un máximo 150 euros/vivienda.

En actuaciones incluidas en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas se concederá una ayuda adicional del 20% calculada sobre cada ayuda base.

En cualquier caso la suma de las ayudas base señaladas en los puntos 1) y 2) tendrá como límite máximo el importe correspondiente de multiplicar 15.000 euros por el número total de viviendas incluidas en el ámbito de aplicación del proyecto de intervención. En actuaciones incluidas en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas dicho importe será el resultado de multiplicar 18.000 euros por el número total de viviendas incluidas en el ámbito de aplicación del proyecto de intervención.

En base a los presupuestos presentados la propuesta de adjudicación económica es la siguiente:

En Bizkaia, 188 viviendas y 2.008.969,26 euros en diez propuestas:

– Calle Altamira n.º 26, Bilbao (12 viviendas), 145.148,50 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 2.639,08 euros para el año 2016; 47.503,13 euros para el año 2017, 59.378,92 euros para el año 2018 y 35.627,37 euros para el año 2019.

– Calle Altamira n.º 27, Bilbao (12 viviendas), 145.148,50 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 2.639,08 euros para el año 2016; 47.503,13 euros para el año 2017, 59.378,92 euros para el año 2018 y 35.627,37 euros para el año 2019.

– Calle Areatza n.º 42, Plentzia (7 viviendas), 94.980,00 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 1.726,93 euros para el año 2016; 31.084,36 euros para el año 2017, 38.855,44 euros para el año 2018 y 23.313,27 euros para el año 2019.

– Irumineta n.º 13-15-17-19, Bilbao (48 viviendas), 546.866,53 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 9.943,04 euros para el año 2016; 178.974,50 euros para el año 2017, 223.718,12 euros para el año 2018 y 134.230,87 euros para el año 2019.

– Calle Garragane n.º 1, Mungia (12 viviendas), 130.052,15 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 2.364,59 euros para el año 2016; 42.562,52 euros para el año 2017, 53.203,15 euros para el año 2018 y 31.921,89 euros para el año 2019.

– Calle Altamira n.º 33, Bilbao (26 viviendas), 240.535,59 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 4.373,39 euros para el año 2016; 78.720,74 euros para el año 2017, 98.400,92 euros para el año 2018 y 59.040,54 euros para el año 2019.

– Calle Cuesta Olabeaga n.º 14, Bilbao (28 viviendas), 365.616,00 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 6.647,58 euros para el año 2016; 119.656,14 euros para el año 2017, 149.570,18 euros para el año 2018 y 89.742,10 euros para el año 2019.

– Avenida Basagoiti n.º 31, Getxo (6 viviendas), 50.754,99 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 922,84 euros para el año 2016; 16.610,70 euros para el año 2017, 20.763,41 euros para el año 2018 y 12.458,04 euros para el año 2019.

– Grupo Talayetas, Getxo (35 viviendas), 259.867,00 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 4.724,71 euros para el año 2016; 85.047,43 euros para el año 2017, 106.309,28 euros para el año 2018 y 63.785,58 euros para el año 2019.

– Zabalea n.º 29, Galdakao (2 viviendas), 30.000 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 546,00 euros para el año 2016; 9.819,00 euros para el año 2017, 12.273,00 euros para el año 2018 y 7.362,00 euros para el año 2019.

En Gipuzkoa, 258 viviendas y 2.184.321,35 euros en cinco propuestas:

– Calle Andrearriaga n.º 15, Irun (11 viviendas), 153.576,73 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 2.792,32 euros para el año 2016; 50.261,48 euros para el año 2017, 62.826,83 euros para el año 2018 y 37.696,10 euros para el año 2019.

– Calle Nagusia n.º 62, Astigarraga (18 viviendas), 185.232,51 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 3.367,88 euros para el año 2016; 60.621,55 euros para el año 2017, 75.776,93 euros para el año 2018 y 45.466,15 euros para el año 2019.

– Calle San Juan n.º 25, Pasaia (29 viviendas), 317.421,00 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 5.771,31 euros para el año 2016; 103.883,24 euros para el año 2017, 129.854,04 euros para el año 2018 y 77.912,41 euros para el año 2019.

– Calle Sorgintxulo n.º 1-3-5, Errenteria (120 viviendas), 888.643,32 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 16.157,16 euros para el año 2016; 290.828,74 euros para el año 2017, 363.535,90 euros para el año 2018 y 218.121,52 euros para el año 2019.

– C.P. Torre Eguzki, Arrasate (80 viviendas), 639.447,79 euros.

La asignación económica se divide en las siguientes anualidades: 11.626,33 euros para el año 2016; 209.273,83 euros para el año 2017, 261.592,28 euros para el año 2018 y 156.955,35 euros para el año 2019.

(Véase el .PDF)

3.– En todo lo no dispuesto en esta resolución rige lo dispuesto en la Orden de 23 de diciembre de 2015 reguladora de las ayudas.

4.– Las obligaciones derivadas de la cofinanciación del FEDER son, al menos, las siguientes:

● El beneficiario está obligado al cumplimiento de la legislación nacional y comunitaria en materia de control, responsabilidad, régimen sancionador e incumplimiento.

● La ayuda se cofinanciará en el marco del Programa Operativo FEDER del País Vasco 2014-2020, debiéndose publicitar éste aspecto. En ese sentido, en todas las medidas de información y comunicación que lleven a cabo de las actuaciones subvencionadas se debe hacer mención a la cofinanciación de la Unión Europea a través del FEDER en los diferentes materiales/soportes que se generen para esa difusión, incluyendo asimismo el emblema de la Unión y la referencia a la Unión Europea; y durante la realización de la operación se hará, en su caso, una breve descripción de la misma en su sitio de Internet destacando el apoyo y se colocará al menos un cartel con información sobre el proyecto en la obra, de un tamaño mínimo A3, en el que se mencionará la ayuda financiera de la Unión en un lugar bien visible para el público. (se adjunta Anexo I).

● Cumplimiento de las normas de subvencionabilidad nacionales y comunitarias.

● El método para determinar los costes de la operación y las condiciones de pago de la subvención es el indicado en las bases reguladoras de las ayudas.

● Aportar la información sobre la actuación subvencionada que se le solicite, y en los formatos que se le soliciten.

● Llevar una contabilidad separada o con códigos específicos fácilmente identificables de las actuaciones cofinanciadas.

● Archivar la información financiera, administrativa y de seguimiento del desarrollo de la operación seleccionada hasta que pasen 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, debiendo ponerla a disposición de las autoridades competentes cuando la soliciten.

● Informar sobre el nivel del logro de los indicadores de productividad asociados a esta operación al mismo tiempo que se justifica gastos.

● La aceptación de la ayuda FEDER supone la aceptación de ser incluido en la lista pública de operaciones cofinanciadas.

● Colaborar en la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, evitar doble financiación, falsificaciones de documentos, etc, así como proporcionar información para la detección de posibles riesgos. Estas medidas podrán derivar en la revisión de los procedimientos para evitar los riesgos de fraude y podrán dar lugar, en caso de evaluarse como alto el riesgo de fraude, a rechazar la solicitud de ayuda o retirada de la cobrada.

5.– Asimismo, y en relación al Programa Operativo FEDER País Vasco 2014-2020, el presente programa de subvenciones queda enmarcado del siguiente modo:

● Objetivo Temático: OT4. – Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores.

● Prioridad de inversión: PI.4.c – El apoyo de la eficiencia energética, de la gestión inteligente de la energía y del uso de energías renovables en las infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, y en las viviendas.

● Objetivo Específico: OE.4.c.1 – Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos.

● Categoría de Intervención: 014 – Renovación de la eficiencia energética de los inmuebles existentes, proyectos de demostración y medidas de apoyo.

● Organismo con senda financiera: Gobierno Vasco.

6.– Notifíquese la presente Resolución a todas las entidades interesadas y publíquese en el BOPV y en el BOE de conformidad con la modificación de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de alzada ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales, en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de septiembre de 2016.

La Viceconsejera de Vivienda,

M.ª COVADONGA SOLAGUREN SANTAMARÍA.


Análisis documental