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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 200, viernes 21 de octubre de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
4446

RESOLUCIÓN 50/2016, de 4 de octubre, del Viceconsejero de Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del convenio suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna - Bizkaia (EHNE-Bizkaia) para fortalecer a la Vía Campesina en el Marco de su VII Conferencia Internacional.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.- Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna - Bizkaia (EHNE-Bizkaia) para fortalecer a la Vía Campesina en el Marco de su VII Conferencia Internacional, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de octubre de 2016.

El Viceconsejero de Relaciones Institucionales,

PEDRO LUIS BAZACO ATUCHA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 50/2016, DE 4 DE OCTUBRE, DEL VICECONSEJERO DE RELACIONES INSTITUCIONALES
CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y EUSKAL HERRIKO NEKAZARIEN ELKARTASUNA - BIZKAIA (EHNE-BIZKAIA) PARA FORTALECER A LA VIA CAMPESINA EN EL MARCO DE SU VII CONFERENCIA INTERNACIONAL

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de julio de 2016.

REUNIDOS

El Sr. D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

El Sr. D. Unzalu Salterain Basaguchibeascoa, Representante Legal de Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna - Bizkaia (EHNE-Bizkaia).

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

El segundo, en nombre y representación de Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna - Bizkaia (EHNE-Bizkaia).

EXPONEN:

Primero.- Más de la mitad de la población mundial trabaja en el sector agrícola campesino y la gran mayoría de la población depende de la producción de alimentos por parte del campesinado. A pesar de ello, el modelo industrial de agricultura y la liberalización del comercio de alimentos ignoran sus reivindicaciones y amenazan su existencia, al tiempo que han originado una crisis alimentaria global que ha pasado a ocupar el primer plano de las agendas nacionales e internacionales.

Segundo.- La Vía Campesina es un movimiento internacional que aglutina a organizaciones campesinas de medianos y pequeños agricultores/as, trabajadoras/es agrícolas, mujeres y comunidades indígenas de Asia, África, América y Europa. Está integrada por 164 organizaciones nacionales y regionales de 79 países y representa a 200 millones de personas campesinas.

La Vía Campesina traslada la voz del campesinado a los foros regionales e internacionales donde se toman las decisiones vinculadas a las políticas y modelos de producción, distribución y consumo de alimentos. Además, ante la crisis alimentaria global, reivindica un modelo agrario alternativo, basado en el campesinado y la soberanía alimentaria.

Tercero.- EHNE-Bizkaia es un sindicato agrario vasco, nacido y legalizado en el año 1977. Es además una de las organizaciones integrantes de La Vía Campesina y actualmente hace parte de la dirección internacional del movimiento en representación del continente europeo. Asimismo, EHNE-Bizkaia fue designada en el marco de la VI Conferencia Internacional de La Vía Campesina (Jakarta, 2013) para acoger y organizar la VII Conferencia Internacional del movimiento, que se celebrará en Derio (Bizkaia) en julio de 2017.

Cuarto.- La Conferencia Internacional de La Vía Campesina es la entidad superior de toma de decisiones donde los/as representantes regionales participan en el análisis colectivo y desarrollo de políticas. La Conferencia Internacional tiene lugar cada cuatro años y define los lineamientos y estrategias políticas del movimiento para ese periodo.

En el marco de la VII Conferencia se llevarán también a cabo la IV Asamblea Internacional de Jóvenes y la V Asamblea Internacional de Mujeres de La Vía Campesina; asimismo, una vez finalizado el evento, parte de las delegaciones internacionales permanecerán en la CAE para intercambiar experiencias locales de organización colectiva y construcción de alternativas en el marco de la Soberanía Alimentaria.

Quinto.- La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo- es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos.

Sexto.- La experiencia de colaboración conjunta entre EHNE-Bizkaia y el Gobierno Vasco para el fortalecimiento de La Vía Campesina tiene una trayectoria de diez años y ha sido promovida a través de convenios y proyectos de cooperación para el desarrollo. Ello ha contribuido a estructurar y articular el movimiento a nivel global, así como a aumentar sus capacidades de propuesta e incidencia en los espacios de toma de decisiones.

Séptimo.- La presente propuesta supone un paso más en la trayectoria de colaboración entre La Vía Campesina, EHNE-Bizkaia y la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, para fortalecer las capacidades de articulación, análisis y propuesta de La Vía Campesina. Para ello, se propone apoyar la celebración de su VII Conferencia Internacional, así como los eventos vinculados a la misma, tanto previos (V Asamblea de Mujeres y IV Asamblea de Jóvenes), como posteriores (intercambios de experiencias locales de organización colectiva y construcción de alternativas en el marco de la Soberanía Alimentaria entre delegados/as internacionales y agentes vascos).

Teniendo en cuenta las consideraciones precedentes, ambas partes suscriben el presente convenio, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio la regulación de las relaciones entre las partes suscribientes - Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna-Bizkaia (EHNE-Bizkaia) - para la cofinanciación de un proyecto que tiene como objetivo fortalecer a La Vía Campesina en el marco de su VII Conferencia Internacional (Derio, Bizkaia, julio de 2017), como espacio estratégico de discusión para la generación de estrategias alrededor de la soberanía alimentaria.

Segunda.- Resultados del convenio.

Los resultados cuya consecución se pretende alcanzar con este convenio son los siguientes:

Resultado 1. Se ha fortalecido la estructura del movimiento campesino organizado y aumentado su capacidad discursiva y de propuesta en los diferentes ámbitos en que trabaja a nivel internacional, junto con las organizaciones aliadas y en el marco del paradigma de la soberanía alimentaria.

Resultado 2. Se ha asegurado la inclusión de perspectiva de género de forma transversal en la agenda del movimiento campesino, así como a su incorporación en todos los documentos y resoluciones de la VII Conferencia.

Resultado 3. Los/as campesinos/as de las 9 regiones que integran La Vía Campesina visitan diferentes experiencias productivas, organizativas e institucionales en Euskal Herria que les ayudan para construir propuestas tanto a nivel global como en sus propios países en torno a la soberanía alimentaria.

Las actividades para la consecución de los resultados anteriores, así como los indicadores para su medición, se detallan en la matriz de planificación que se anexa.

Tercera.- Periodo de ejecución de las actividades.

El periodo de ejecución de las actividades será de 12 meses, a contar desde la fecha de firma del convenio.

Cuarta.- Aportaciones presupuestarias de las partes suscribientes.

El coste previsto para la realización del conjunto de eventos vinculados a la VII Conferencia Internacional de La Vía Campesina asciende aproximadamente a un millón doscientos dieciocho mil euros (1.218.000). No obstante, este convenio regula únicamente la financiación de una parte de esa cantidad: ciento ochenta y siete mil cuatrocientos euros (187.400,00) desglosada en el cuadro presupuestario que se anexa.

Del total de esa cantidad, la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aportará la cantidad de ciento veinticinco mil euros (125.000,00). Este monto será abonado a través de un único pago tras la firma del convenio.

Asimismo, EHNE-Bizkaia aportará la cantidad total de sesenta y dos mil cuatrocientos euros (62.400,00) como aporte valorizado en concepto de intérpretes. Se encargará también de la coordinación técnica de la ejecución y gestión del conjunto de las acciones estipuladas en las cláusulas anteriores, así como las contenidas en la matriz de planificación anexa.

El 100% del proyecto deberá ser justificado en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del convenio. Para ello se presentará un informe técnico-financiero final.

La subvención prevista en el presente convenio es compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. En caso de producirse ésta se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.

Las partidas subvencionadas por cada una de las partes serán las que se establezcan en el presupuesto desglosado que se anexa.

Quinta.- Cuenta bancaria de utilización específica para la ejecución de las actividades económicas del convenio.

EHNE-Bizkaia utilizará la cuenta bancaria ES40-3035-0015-00-0151134940 (Laboral Kutxa) como cuenta específica en euros para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, le sean transferidos por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Dicha cantidad será traspasada de inmediato a esta cuenta específica sin realizar ningún movimiento previo de fondos.

Sexta.- Comisión Mixta de Seguimiento.

1.- Al objeto de garantizar el seguimiento, la realización y la coordinación en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento, compuesta por:

Dos personas en representación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, nombradas por la Dirección, una de las cuales ejercerá la presidencia de la Comisión, ejerciendo la otra la secretaría de la misma.

Dos personas en representación de EHNE-Bizkaia, nombradas por el órgano competente.

2.- Dicha Comisión se reunirá al menos una vez de manera previa a la celebración de la VII Conferencia Internacional de LVC y sus eventos relacionados; y una vez más una vez transcurrida la misma.

3.- De manera extraordinaria la Comisión Mixta de Seguimiento podrá reunirse cuando las personas que la componen lo estimen oportuno y, en su caso, sea solicitado por una de las partes.

4.- El régimen jurídico de la Comisión Mixta de Seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima.- Causas de resolución.

Son causas de resolución para las partes firmantes del presente convenio el incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo y cualesquiera otras que, derivadas de su naturaleza, sean recogidas en la legislación vigente.

Octava.- Modificaciones sustanciales.

Las entidades interesadas deberán remitir solicitud de autorización a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, previamente a la realización de toda modificación que implique cambios y prórrogas del proyecto. Estas podrán ser analizadas en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento. Corresponde a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aprobar las modificaciones propuestas.

Novena.- Vigencia.

El convenio entrará en vigor a la fecha de firma del mismo, y su vigencia se extenderá durante 12 meses.

En prueba de conformidad y aceptación con cuanto queda expresado, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

El Coordinador de EHNE-Bizkaia,

UNZALU SALTERAIN BASAGUCHIBEASCOA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental