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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 196, lunes 17 de octubre de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
4355

RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2016, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se autoriza la instalación, se aprueba el proyecto y se declara la utilidad pública de la línea eléctrica aéreo subterránea simple circuito a 30 kV La Jara-Fabio Murga, en los términos municipales de Zalla y Balmaseda (Bizkaia).

Referencia: L-8228 ASS/TLE.

Expediente: AT-H-2015-44.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 26 de agosto de 2015 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao Avda. San Adrián, 48, solicita autorización administrativa, declaración, en concreto de su utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aéreo subterránea simple circuito a 30 kV La Jara-Fabio Murga, en los términos municipales de Zalla y Balmaseda, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Industrial D. Jon González del Hoyo, según declaración de competencia de fecha 18 de agosto de 2015.

Dos.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, del 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U, en el BOPV con fecha 25 de septiembre de 2015, en el BOB con fecha 6 de octubre de 2015, y en el Diario Deia con fecha 9 de octubre de 2015.

Tres.– Con fecha 29 de septiembre de 2015 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Zalla y Balmaseda, a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos del mismo, así como petición de informe a los mismos y a la Diputación Foral de Bizkaia, Ayuntamiento de Bilbao, Ura, Adif, y Consorcio de aguas Bilbao Bizkaia, de la procedencia o no de la declaración de utilidad pública de la instalación, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno.

Cuatro.– Con motivo de dar cumplimiento a los condicionados presentados por las administraciones y organismos oficiales afectados por el proyecto, Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. solicita con fecha 19 de febrero de 2016, realizar una nueva información pública, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Industrial D. Jon González del Hoyo, según declaración de competencia de fecha 18 de febrero de 2016.

Cinco.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002 de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOPV con fecha 29 de marzo de 2016, en el BOB con fecha 26 de abril de 2016, y en el Diario Deia con fecha 8 de abril de 2016, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera expropiar.

Seis.– Con fecha 18 de marzo de 2016 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Zalla y Balmaseda, a fin de que se procediesen a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos del mismo, así como petición de informe a los mismos y a la Diputación Foral de Bizkaia, Ayuntamiento de Bilbao, Ura y ADIF, de la procedencia o no de la declaración de utilidad pública de la instalación, y en su caso se procedió a su reiteración con fecha 2 de abril de 2016 al Ayuntamiento de Balmaseda.

Siete.– Dentro del período de información pública establecido al efecto, del 29 de marzo al 20 de abril, según certificación al efecto del Ayuntamiento de Balmaseda y del 23 de marzo al 21 de abril, según certificación al efecto del Ayuntamiento de Zalla, sin que en dicho plazo se presentara alegación ni reclamación alguna, según contestación al efecto de fecha 29 de abril del Ayuntamiento de Balmaseda y de fecha 23 de junio del Ayuntamiento de Zalla.

Ocho.– Cumpliendo los trámites reglamentarios, Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., ha aceptado los condicionados de los diferentes organismos, y en particular, con relación al presentado por los Ayuntamientos de Zalla y Balmaseda, ADIF, URA, y el Departamento de Desarrollo Económico y Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, que se incorporan al expediente.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Uno.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

Dos.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tres.– El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24-04-2013).

RESUELVE:

1.– Autorizar, a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., y aprobar el Proyecto de ejecución de línea eléctrica aéreo subterránea simple circuito a 30 kV La Jara-Fabio Murga, cuyas principales características son las siguientes.

Línea subterránea:

(Véase el .PDF)

Línea aérea:

(Véase el .PDF)

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos regístrales del artículo 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002 de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:

a) Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto mencionado, firmado por el Ingeniero Industrial D. Jon González del Hoyo, según declaración de 18 de febrero de 2016.

b) El plazo de puesta en marcha no será superior a un año, contando a partir de la resolución.

c) El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

d) La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles de terceros y dejando a salvo el derecho en propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de julio de 2016.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

AITOR PATXI OREGI BAZTARRIKA.


Análisis documental