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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 133, miércoles 13 de julio de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3124

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 5 de abril de 2016, del Director de Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Boxeo.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertido un error de dicha índole en el texto de la Resolución de 5 de abril de 2016, del Director de Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Boxeo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 81, de 2 de mayo de 2016, se procede a su corrección:

En la página 2016/1815 (1/1), en el segundo párrafo de la versión en castellano, donde dice:

«Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Tenis, celebrada el 3 de marzo de 2016, aprobó la modificación de los artículos 27.2 y 37 de los estatutos y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.»

Debe decir:

«Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Boxeo, celebrada el 3 de marzo de 2016, aprobó la modificación de los artículos 27.2 y 37 de los estatutos y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.»


Análisis documental