Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 130, viernes 8 de julio de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3044

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2016, del Director de Energía, Minas Administración Industrial, por la que se acuerda la necesidad de ocupación de los bienes y derechos incluidos en el trámite expropiatorio, por el procedimiento ordinario, iniciado a solicitud de Zeleta, S.L., en orden a la expropiación de los terrenos que se relacionan para la explotación de la Concesión de Explotación n.º 4358 de Recursos de la Sección C) denominada «Duquesa», sita en Deba cuya titularidad corresponde a la mencionada mercantil.

I.– La mercantil Zeleta, S.L. en su condición de titular de la concesión de explotación de recursos de la Sección C), denominada «Duquesa», ha solicitado del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, la iniciación del expediente expropiatorio, para la ocupación de los bienes y derechos afectados por las labores, instalaciones y servicios de la explotación minera denominada «Duquesa», sita en los términos municipales de Deba.

II.– Tal y como establece el artículo 105.3 de la Ley de Minas, en relación con el artículo 131.3 de su Reglamento, la aprobación del Proyecto de Explotación y de los Planes de Labores anuales de la Cantera que en la actualidad se corresponde con la explotación «Duquesa», lleva implícita la declaración de necesidad de ocupación de los terrenos, si bien, a tenor de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, el beneficiario estará obligado a formular la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideren de necesaria expropiación, relación que formula en escrito de petición de inicio de expropiación la mercantil.

III.– Conforme al artículo 17 y siguientes de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con fecha 29 de enero de 2016, se hace pública la relación de los bienes y derechos para que, dentro de un plazo de quince días, puedan los interesados formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal y cualquier otra que consideren oportuna.

IV.– Con fecha 15 de junio de 2016 la asesoría Jurídica de la Dirección de Energía y Minas emite informe a la vista de las alegaciones formuladas por quienes comparecen como interesados.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Acordar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos incluidos en el anuncio del Director de Energía, Minas y Administración Industrial de fecha 29 de enero de 2016 por el que se sometió a información pública la relación de bienes y derechos incluidos en el trámite expropiatorio, por el procedimiento ordinario, iniciado a solicitud de Zeleta, S.L.

Segundo.– La descripción de los bienes y derechos afectados por la expropiación e interesados es la siguiente:

Relación de bienes y derechos afectados:

I.– Finca 1731 de Deba.

Rústica: Terreno hayal y peñascal llamado Ugarte-Zarreco­Saleche-Aldea, sito en el barrio de Lastur, jurisdicción de Deva, mide trescientas ochenta y tres áreas sesenta y una centiáreas, y linda al Oriente con terrenos de Faustino Aguirregabiria; Sur de don Julían Lojendio y de don Juán José Martija; Oeste de Francisco Aramberri y Juan Agustín Oñederra; y Norte pertenecidos del caserío Albizuri. Contiene un redil.

Superficie a expropiar: 27.340 m2.

Titulares: Nicolas Unanue Uranga.

Jesus Maria Unanue Uranga.

David Unanue Uranga.

II.– Finca 1323 de Deba (Referencia catastro 30-005).

Rustica: Trozo de terreno de ciento treinta y cinco áreas de la parte Oriental de otro mayor llamado Retilluaran, en jurisdicción de Deva, cuya porción confina por Norte, con el de don Pedro Iturrioz y Señor Duque de Grandad; por Oriente, de dicho Señor Duque; por Mediodía, con el trozo don Francisco Orbegozo; y por el Poniente, con el de don José Miguel Martija. Se corresponde con la parcela cinco del polígono treinta. Dentro de esta parcela catastral se sitúa también la finca 1324, del mismo propietario.

Titular: Sabino Aguirregabiria Aguirregabiria.

III.– Finca 1324 de Deba (Referencia catastro 30-005).

Rustica: terreno llamado Retilluaran, en jurisdicción de Deba, cuya porción mide setenta y un áreas, y confina con el Norte, de don José Miguel Martija, antes, hoy de don Faustino Aguirregaviria; por Oriente, del Señor Duque de Granada; por Mediodía, del mismo Duque, y por Poniente, con el de don Francisco Orbegozo. Se corresponde con la parcela veintiséis del polígono treinta.

Superficie total a expropiar fincas 1323 y 1324: 7.932 m2.

Titular: Sabino Aguirregabiria Aguirregabiria.

IV.– Finca catastral n.º 15 de Deba (Referencia catastro 30-015).

Conforme a los datos y al plano catastral obrante en el expediente administrativo. Monte frondosa, La parcela número 15 del polígono 30, denominada Erretilloa, linda al norte con pertenecidos de Hermanos Unanue Uranga (Parcela Ugartezaharra-Saletxealdea, n.º 34 del Polígono 30) y de Troyakontrol, S.L.(n.º 13 del Polígono 30, que también cubre el oriente). Al Sur limita con la parcela Etxeko Basoa, propiedad de Sabino Agirregabiria (n.º 5 del Polígono 30), y por poniente linda con pertenecidos de Jose Miguel Martija, siendo la parcela número 2 del polígono 30 del catastro.

Superficie a expropiar: 6.537 m2.

Titular: Simón Goicoechea Ormaechea.

Asimismo, los detalles de la expropiación de todas estas parcelas se explicitan detalladamente en el expediente administrativo min/004/2016 que se podrá consultar por los interesados en las oficinas administrativas de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco.

Tercero.– Disponer en cumplimiento de lo que determinan los artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 19 y 20 de su Reglamento, la publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco» y «Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa», en el «Diario Vasco», y en el tablón de anuncios oficial del Ayuntamiento de Deba, así como proceder a notificar individualmente a los interesados.

Cuarto.– Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2016.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

AITOR PATXI OREGI BASTARRIKA.


Análisis documental