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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 115, viernes 17 de junio de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
2620

ORDEN de 13 de mayo de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se ratifica la extinción y se aprueba la liquidación de la «Fundación Lagun Aro-Lagun Aro Fundazioa», ordenándose la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco y la cancelación de su hoja registral.

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 25 de enero de 2016 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia, copia autorizada de la escritura pública de extinción y liquidación de la «Fundación Lagun Aro-Lagun Aro Fundazioa», otorgada el 28 de diciembre de 2015, ante el Notario del Ilustre Colegio del País Vasco, don José Antonio Isusi Ezkurdia (n.º 5455 de su protocolo).

Segundo.– Con fecha 3 de marzo de 2016, advertidos determinados defectos en la citad escritura, se le requirió la subsanación de los mismos, y con fecha 10 de mayo de 2016, mediante la escritura complementaria de fecha 29 de abril de 2016 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio del País Vasco don Alfonso Batalla de Antonio (n.º 598 de su protocolo) se procedió a la aclaración de los mismos.

Tercero.– Las referidas escrituras públicas incorporan certificaciones expedidas los días 23 de diciembre de 2015 y 30 de marzo de 2016, por don Jesús Arraiza Martínez de Lagrán, Secretario Liquidador del Patronato de la Fundación, con el visto bueno del Presidente, don Txomin García Hernández, del acta de la reunión del Patronato celebrada el 23 de diciembre de 2015 y las aclaraciones pertinentes solicitadas por el Protectorado de Fundaciones del País Vasco, y en la que se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.– Solicitar la ratificación del acuerdo de extinción de la «Fundación Lagun Aro-Lagun Aro Fundazioa».

2.– Solicitar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción y liquidación correspondiente.

3.– Aprobar el Balance de liquidación de la Fundación como Balance final y no presentar programa liquidatorio alguno en la medida en la que la referida entidad carece de activo remanente alguno.

Cuarto.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 35 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, artículos 31 y 47 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, y artículo 36 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y estatutos de la Fundación.

Tercero.– Dispone el artículo 36 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que el acuerdo de extinción o, en su caso, la resolución judicial que la declare, pondrá fin a las actividades ordinarias de ésta y determinará el comienzo de las operaciones de liquidación.

Por otro lado, el citado artículo establece que la liquidación de la fundación extinguida se realizará por el órgano de gobierno de la fundación bajo el control del Protectorado. A tal efecto, el órgano de gobierno de la Fundación dará cuenta al Protectorado de cada una de las operaciones de realización del activo o liquidación.

El artículo 36.6 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, establece los elementos que debe contener la escritura pública de liquidación de la Fundación.

Cuarto.– Se han cumplimentado los trámites señalados previstos para la extinción y liquidación de las fundaciones.

Por todo ello, procede considerar finalizado el proceso de liquidación, con cancelación de los asientos referentes a la Fundación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Ratificar la extinción y aprobar la liquidación de la « Fundación Lagun Aro-Lagun Aro Fundazioa», de Bilbao, realizada en los términos previstos en las escrituras públicas señaladas en los antecedentes de hecho segundo y tercero, ordenando inscribir los citados acuerdos en el Registro de Fundaciones del País Vasco así como la cancelación de la hoja registral de la Fundación.

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de mayo de 2016.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental